Resolución 348/2021

Fecha de publicación28 Octubre 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS


Ciudad de Buenos Aires, 25/10/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-43184693-APN-DAFYP#MOP, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 945 de fecha 17 de noviembre de 2017, 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, 293 de fecha 3 de mayo de 2021, 536 de fecha 19 de agosto de 2021 y 538 de fecha 22 de agosto de 2021, la Decisión Administrativa N° 635 de fecha 24 de abril de 2020, las Resoluciones Nros. 16 de fecha 19 de marzo de 2020 y 82 de fecha 30 de agosto de 2020, ambas del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° del Decreto N° 945 de fecha 17 de noviembre de 2017 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional comprendidas en el artículo 8° inciso a) de la Ley Nº 24.156 que ejecuten programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional y/o proyectos de participación público-privada a través de las unidades ejecutoras creadas a tal efecto, centralizarán la gestión y ejecución operativa, administrativa, presupuestaria y financiera-contable, comprendiendo las cuestiones fiduciarias y legales, sobre cumplimiento de las cuestiones ambientales y sociales, los procedimientos de contrataciones, como así también, la planificación, programación, monitoreo y auditoría de dichos programas y proyectos, a través de sus respectivas Subsecretarías de Coordinación Administrativa o áreas equivalentes, según corresponda.

Que por el artículo 2° del citado Decreto N° 945/17, se estableció que las funciones de coordinación y ejecución técnica de los programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional y/o proyectos de participación público-privada desarrolladas por las unidades ejecutoras técnicas o por las áreas técnicas de unidades ejecutoras de programas, serán llevadas a cabo por las Secretarías y Subsecretarías o áreas equivalentes de carácter sustantivo de las Jurisdicciones y Entidades comprendidas por el artículo 8° inciso a) de la Ley Nº 24.156 con responsabilidad primaria en la materia de que se trate.

Que por el Decreto Nº 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, se estableció la nueva organización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL sustituyéndose el artículo 1° de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS cuyas competencias se establecieron en el artículo 21 bis de la citada Ley.

Que, por...

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