Resolución 343/2022

Fecha de publicación11 Octubre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS


Ciudad de Buenos Aires, 05/10/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-99066683- -APN-DGD#MOP, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado N°438/92), el Decreto N° 50 de fecha 20 de diciembre de 2019 y las Resoluciones Nros. 31 y 32 de fecha 5 de mayo de 2020, ambas del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado N° 438/92), compete al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en todo lo inherente a la política de obras públicas y a la política hídrica nacional, así como también entender en el diseño y ejecución de planes y programas relativos a obras públicas e infraestructura a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal y en el control de su cumplimiento.

Que resulta un eje central del Gobierno Nacional, trabajar en el fortalecimiento continuo de las instituciones de la República, promoviendo la transparencia y la eficiencia en el gasto en todos los ámbitos donde desarrolla su actividad, mejorando el acceso a la información, incrementando la participación y control ciudadano en las decisiones públicas y promoviendo la adopción de nuevas tecnologías, a fin de fortalecer las instituciones democráticas, dotarlas de mayor legitimidad y confianza pública.

Que en esa línea, mediante la Resolución N° 32 de fecha 5 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se aprobó el “Programa de Fortalecimiento Institucional, Integridad y Transparencia del Ministerio de Obras Públicas”, estableciéndose como una prioridad del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS avanzar en el diseño y puesta en marcha de medidas concretas que permitan la implementación de buenas prácticas, modelos institucionales y herramientas tecnológicas en materia de planificación, contratación, ejecución física y financiera de las obras públicas, propiciando la transparencia y el ejercicio del control ciudadano, conforme a los más altos estándares nacionales e internacionales en la materia.

Que, por su parte, por la Resolución N° 31 de fecha 5 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se creó el OBSERVATORIO DE LA OBRA PÚBLICA en el ámbito de esta Cartera Ministerial, como un espacio de participación interinstitucional destinado a contribuir a la evaluación y mejora continua del marco normativo, de las prácticas, herramientas y procedimientos de planificación, así como de la contratación, ejecución física y financiera de las obras públicas que lleve adelante el...

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