Resolución 325/2023
Fecha de publicación | 08 Septiembre 2023 |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Ciudad de Buenos Aires, 07/09/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-97326165- -APN-DGDAGYP#MEC del Registro de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Ley N° 21.453 y su similar aclaratoria N° 26.351, los Decretos Nros. 1.177 de fecha 10 de julio de 1992 y 654 de fecha 19 de abril de 2002, la Resolución Nº RESOL-2019-128-APN-MAGYP de fecha 14 de noviembre de 2019 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO
Que por la Ley N° 21.453 se creó un régimen que estableció la obligación de registrar, mediante el sistema de declaraciones juradas, todas las ventas al exterior de los productos agrícolas indicados en su Anexo, con el objetivo de lograr un ingreso más fluido de divisas y conocer con adecuada antelación, el volumen proyectado de las respectivas exportaciones.
Que mediante el Decreto N° 1.177 de fecha 10 de julio de 1992, se facultó a la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS a modificar la nómina de productos comprendidos en la citada Ley Nº 21.453.
Que por la Resolución Nº RESOL-2019-128-APN-MAGYP de fecha 14 de noviembre de 2019 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y sus modificatorias, se facultó a la SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROPECUARIOS del citado entonces Ministerio a entender en el procedimiento para el registro de dichas Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE).
Que en el Artículo 2° de la citada Resolución Nº RESOL-2019-128-APN-MAGYP se establece que el exportador que pretenda exportar los productos agrícolas incluidos en el Anexo I que forma parte integrante de la referida resolución, y los que pudieran incorporarse en el futuro, deberá completar e ingresar la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE), oficializándola en el SISTEMA INFORMÁTICO MALVINA (SIM) de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a través del aplicativo “KIT MARÍA” o de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA).
Que corresponde señalar que la naturaleza cambiante de los mercados lleva a que ciertos productos adquieran trascendencia, ya sea debido a un aumento significativo en su producción o a un crecimiento constante.
Que por ello, resulta necesario incorporar la obligatoriedad del registro de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) para el producto que se detalla en el Anexo que, registrado...
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