Resolución 323/2019

Fecha de publicación15 Abril 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD
VISTO el Expediente N° EX-2018-57749833-APN-DGAJ#MSG, la Ley de Ministerios (t.o.1992) y modificatorias, Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018, la Decisión Administrativa N° 299 de marzo de 2018, Resolución N° 1066 del 6 de noviembre de 2014, la Resolución 475 del 7 de junio de 2018, y

CONSIDERANDO

Que conforme lo establece el artículo 22 bis de Ley de Ministerios (t.o. 1992) le corresponde al MINISTERIO DE SEGURIDAD asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático.

Que, a su vez, los incisos 2° y 3° del mentado artículo expresan respectivamente, que le incumbe a esta cartera ministerial ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL y entender en el ejercicio del poder de policía de seguridad interna y la dirección y coordinación de funciones y jurisdicciones de las fuerzas policiales y de seguridad nacionales -POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, GENDARMERÍA NACIONAL, PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, y provinciales.

Que, además, el artículo 8° de la Ley N° 24.059 de Seguridad Interior prescribe que el MINISTERIO DE SEGURIDAD, por delegación del Presidente de la Nación, ejerce la conducción política del Esfuerzo Nacional de Policía, y tiene a su cargo la dirección superior de las Fuerzas de Seguridad del Estado Nacional.

Que el Decreto N° 174/2018 encomendó a la UNIDAD DE COORDINACIÓN GENERAL entender en el cumplimiento de las políticas de transparencia e integridad de los agentes de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

Que, asimismo la Decisión Administrativa N° 299/2018, Anexo II, en los artículos 6° y 7° determina como responsabilidad primaria de la DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN Y EJECUCIÓN DE PRUEBAS DE INTEGRIDAD de la mencionada UNIDAD, “elaborar y coordinar los programas de cooperación e intercambio, con organismos internacionales y nacionales, gubernamentales y no gubernamentales en materia de prevención, transparencia, legalidad, ética, integridad y profesionalismo de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD” y, la de “asistir en la evaluación de los ascensos, bajas, exoneraciones, retiros y cesantías en...

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