Resolucion 32.212

Fecha de disposición13 Agosto 2007
Fecha de publicación13 Agosto 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31216

5º) La presentación es inadmisible por no dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales, como así también, a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Especificaciones Técnicas y Sistema de Evaluación.

Que el servicio Jurídico de la FUERZA AEREA ARGENTINA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de éste MINISTERIO, han tomado la intervención que les compete.

Que la suscripta está facultada para el dictado de la presente medida, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 4º, apartado b) inciso 9), de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. 1992), en la Decisión Administrativa Nº 215 del 21 de Julio de 1999, y también en los Decretos Nº 1023/01 y 436/00.

Por ello,

LA MINISTRA DE DEFENSA RESUELVE:

ARTICULO 1º

Descartar la oferta presentada por la empresa SAAB FAIRBROOK INC. (Unico oferente), por no cumplir la misma con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares,

Especificaciones Técnicas y Sistema de Evaluación.

ARTICULO 2º

Declarar fracasado el llamado a la Licitación Pública Internacional Nº 19/07, para la adquisición de CINCO (5) Aviones de Transporte Mediano de Pasajeros y Carga de alcance regional.

ARTICULO 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Dra. NILDA GARRE, Ministra de Defensa.

e. 13/8 Nº 553.816 v. 13/8/2007 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 32.207 DEL 7 AGO 2007

EXPTE. Nº 36.269 - S/SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA EL DICTADO DE LOS CURSOS DE CAPACITACION A ASPIRANTES A OBTENER LA MATRICULA DE PRODUCTOR ASESORE DE SEGUROS.

SINTESIS:

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Dejar sin efecto la autorización otorgada a la FUNDACION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO para el dictado de los cursos de capacitación para aspirantes a matricularse como productores asesores de seguros a partir de la fecha de la presente Resolución.

ARTICULO 2º

Regístrese, notifíquese al Ente Cooperador Ley 22400 en el domicilio ubicado en Chacabuco 77, Piso 5º de la CiudadAutónoma de BuenosAires (C.P. 1069), y publíquese en el Boletín Oficial.

Fdo.: Miguel BAELO, Superintendente de Seguros.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

e. 13/8 Nº 553.815 v. 13/8/2007 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 32.208 DEL 7 AGO 2007

EXPTE. Nº 48.843 - PRESUNTAS INFRACCIONES DEL P.A.S. GONZALEZ JORGE LUIS (MAT.

Nº 59.849) A LAS LEYES 20.091 Y 22.400.

SINTESIS:

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Disponer la suspensión de la tramitación del presente Expediente Nº 48.843.

ARTICULO 2º

Disponer la inhabilitación del productor asesor de seguros Sr. GONZALEZ, Jorge Luis (matrícula Nº 59.849), hasta tanto comparezca a estar a derecho munido de los libros de registros obligatorios llevados en legal forma.

ARTICULO 3º

La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas dispuestas en los artículos precedentes.

ARTICULO 4º

Regístrese, notifíquese al domicilio comercial constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en TACUAPI S/Nº ENT. 2 EDIF. 6 3º 'C' (C.P. 1778) - CIUDAD EVITA - PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y publíquese en el Boletín Oficial.

Fdo.: Miguel BAELO, Superintendente de Seguros.

NOTA: La...

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