Resolución 312/2021

Fecha de publicación08 Septiembre 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 07/09/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-82494422- -APN-DGD#MTR, la Constitución Nacional, las Leyes N° 19.945, Nº 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92), Nº 24.156, Nº 26.571, Nº 27.120, Nº 27.591 y Nº 27.631, los Decretos Nº 101 de fecha 16 de enero de 1985, Nº 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996 (modificado por Decreto Nº 1661 del 12 de agosto de 2015), Nº 159 de fecha 4 de febrero de 2004, Nº 84 de fecha 4 de febrero de 2009, Nº 386 de fecha 9 de marzo de 2015, Nº 782 de fecha 20 de noviembre de 2019, Nº 303 de fecha 7 de mayo de 2021 y Nº 358 del 4 de junio de 2021, la Decisión Administrativa Nº 4 del 15 de enero de 2021; y

CONSIDERANDO:

Que por la CONSTITUCIÓN NACIONAL se garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia, y establece que el sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio.

Que por la Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral Nº 26.571 se establece que las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) deben celebrarse el segundo domingo de agosto del año en que se celebren las elecciones generales previstas en el artículo 53 del Código Electoral Nacional.

Que, asimismo, la Ley de Código Electoral Nacional N° 19.945, establece en el artículo 53, modificada por el artículo 1° de la Ley N° 27.120, que las elecciones de cargos nacionales se realizarán el cuarto domingo de octubre inmediato anterior a la finalización de los mandatos.

Que, en este marco, por el Decreto N° 303/21 se convocaron las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) para la elección de candidatos y candidatas a diputadas, diputados, senadoras y senadores nacionales el día 8 de agosto de 2021, y para la elección de diputadas, diputados, senadoras y senadores nacionales para el día 24 de octubre de 2021 según corresponda a cada jurisdicción.

Que, en el marco de la crisis sanitaria global provocada por la pandemia del COVID-19 declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), por la Ley N° 27.631 se modificó por única vez la fecha de las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), previstas por el artículo 20 de la Ley N° 26.571, estableciendo para la realización de los comicios el segundo domingo de septiembre del año 2021, y la fecha de las elecciones nacionales generales, previstas por el artículo 53 del Código Electoral Nacional, estableciendo para la realización de los comicios el segundo domingo de noviembre del año 2021.

Que por el Decreto N° 358/21 se derogó el Decreto N° 303/21, y se convocó al electorado de la NACIÓN ARGENTINA a las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) para la elección de candidatos y candidatas a diputadas, diputados, senadoras y senadores nacionales el día 12 de septiembre de 2021, y para elegir a diputadas, diputados, senadoras y senadores nacionales para el día 14 de noviembre de 2021 según corresponda a cada jurisdicción.

Que, por otra parte, por el Decreto N° 84/09, modificado por el Decreto N° 386/15, se ordenó la implementación del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (SUBE) como medio de percepción de la tarifa para el acceso a la totalidad de los servicios de transporte público automotor, ferroviario de superficie y subterráneo de pasajeros de carácter urbano y suburbano y fluvial regular de pasajeros con tarifa regulada prestados por empresas...

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