Resolución 308/2023

Fecha de publicación23 Marzo 2023
EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-29713582-APN-SD#ENRE, y

CONSIDERANDO:

Que en el Capítulo I de la Ley N° 27.629 se instituye un Régimen Tarifario Especial gratuito para Entidades del SISTEMA NACIONAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS, respecto de servicios públicos de provisión de energía eléctrica, gas natural provisto por red, agua potable y colección de desagües cloacales, telefonía fija, telefonía móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, que se encuentren bajo jurisdicción nacional.

Que el artículo 4 de la mencionada ley determina que el Régimen Tarifario Especial precitado es aplicable a las asociaciones y federaciones de bomberos voluntarios, el Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina y la Fundación Bomberos de Argentina, como entidades conformantes del SISTEMA NACIONAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS establecido por la Ley N° 25.054 y sus modificatorias, y a los inmuebles que funcionen de forma permanente como oficinas administrativas, cuarteles y/o destacamentos operativos de los mismos.

Que, asimismo, mediante el Decreto N° 23 de fecha 16 de enero de 2023 se implementó el Régimen Tarifario Especial Gratuito instituido en el Capítulo I de la Ley N° 27.629.

Que allí se establece que dicho beneficio deberá quedar plasmado en la facturación por la prestación de los servicios públicos para la provisión de energía eléctrica, gas natural provisto por red, agua potable y colección de desagües cloacales, telefonía fija, telefonía móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones que se encuentren bajo jurisdicción nacional.

Que, a efectos de instrumentar el tratamiento particular a aplicar a los beneficiarios del mencionado Régimen Tarifario Especial Gratuito, el artículo 2 del citado decreto determina que la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 25.054 y sus modificatorias emitirá una constancia de inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE ENTIDADES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES, o el que en el futuro lo remplace, la que podrá ser presentada por los beneficiarios alcanzados por la mentada Ley N° 27.629 ante las distintas instancias, en orden a la obtención de los beneficios previstos en el Capítulo I de la misma.

Que, en función de ello, mediante el artículo 1 de la Resolución N° RESOL-2023-161-APN-SE#MEC de fecha 15 de marzo de 2023, la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) estableció la bonificación total...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR