Resolución 303/2020

Fecha de publicación08 Septiembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD


Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2020

VISTO el Expediente EX-2020-27063677-APN-DNPG#MSG, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (“Convención Belém do Pará”) aprobada por la Ley N° 24.632, la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer aprobada por la Ley N° 23.179, la Convención sobre los Derechos de los Niños y la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes N° 26.061, la Ley de Protección Integral a las Mujeres N° 26.485 y sus modificatorias, la Ley de Seguridad Interior Nº 24.059 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Protección Integral a las Mujeres, Nº 26.485, describe los modos de ejercicio de la violencia contra las mujeres, los riesgos que éstos implican y las obligaciones estatales para intervenir de manera adecuada a través de acciones de prevención, sanción y erradicación de este fenómeno social, de acuerdo con los derechos que fueron reconocidos en la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos de los Niños y la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Que en lo que se refiere a las obligaciones específicas para la gestión de las Fuerzas de Seguridad, la citada ley fija la obligación de fomentar en las Fuerzas Policiales y de Seguridad, el desarrollo de servicios interdisciplinarios que brinden apoyo a las mujeres que padecen violencia para optimizar su atención, derivación a otros servicios y cumplimiento de disposiciones judiciales (artículo 11, inciso 5.2, apartado a).

Que la violencia contra las mujeres es una problemática social que, en sus casos más extremos, pone en riesgo la vida y la integridad de las mujeres y, por lo tanto, su abordaje requiere de un minucioso análisis de las condiciones en las que se produce el fenómeno, las estrategias de intervención existentes y las articulaciones que se producen entre los distintos organismos intervinientes para garantizar el acceso a la Justicia y el respeto por la confidencialidad de los datos y elementos de investigación contenidos en las actuaciones a las que se da inicio como consecuencia.

Que de acuerdo con la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificaciones, el MINISTERIO DE SEGURIDAD tiene a su cargo entender en la dirección y coordinación de...

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