Resolución 303/2019

Fecha de publicación05 Junio 2019
SecciónResoluciones
EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Ciudad de Buenos Aires, 03/06/2019

VISTO el Expediente N.° 31.958 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), la Ley N.° 24.076, su Decreto Reglamentario Nº 1738/92; y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N.º 24.076 fija entre los objetivos del ENARGAS, incentivar la eficiencia en el transporte, almacenamiento, distribución y uso del gas natural, como así también, incentivar el uso racional del gas natural, velando por la adecuada protección del medio ambiente.

Que a su vez, el artículo 52 de la Ley N.º 24.076 establece entre las funciones del ENARGAS, la de dictar reglamentos en materia de seguridad, normas y procedimientos técnicos, a los cuales deberán ajustarse todos los sujetos de la Ley y la realización de cualquier acto que sea necesario para el mejor cumplimiento de sus funciones y de los fines de dicha Ley y normas concordantes.

Que por su parte, a través del Decreto N.º 140/07, se declaró de interés y prioridad nacional el uso racional y eficiente de la energía que puso en vigencia el Programa Nacional de Uso Racional y Eficiente de la Energía (PRONURE).

Que en atención a ello, entre otras acciones, este Organismo comenzó a trabajar en el desarrollo de normativas técnicas aplicables a la utilización de la energía solar térmica, con el fin de disminuir los consumos de gas natural utilizados para el calentamiento de agua y tender a un uso más eficiente de este recurso natural.

Que en ese contexto, en mayo de 2016 se conformó una Comisión de Aportes Técnicos integrada por Organismos de Certificación, fabricantes, laboratorios de ensayos, Universidades y profesionales del ENARGAS, para analizar los aspectos técnicos de artefactos híbridos (solar-gas), que permitieran diseñar las condiciones de instalación y seguridad para la utilización de un equipo calentador de agua a gas (Calefón, Caldera y Termotanque), conectado a un sistema solar térmico, que cumpliera con las normas IRAM de aplicación.

Que, durante la etapa de trabajo surgió la necesidad de establecer requisitos adicionales para los artefactos que fueran vinculados a estos paneles solares, debido a que el ingreso del agua podía ser superior al permitido por las normas vigentes.

Que en función de ello, se elaboraron los proyectos de adendas correspondientes a las normas NAG-311 referida a Calderas, NAG-313 de Calefones y NAG-314 de Termotanques.

Que, como resultado del trabajo de intercambio técnico con los principales actores del tema en análisis, se elaboraron los documentos: (i) Proyecto NAG-360...

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