Resolucion 301

Fecha de disposición11 Mayo 2007
Fecha de publicación11 Mayo 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31153

ACTA Nº 933

Expediente ENRE Nº 23.254/07

Bs. As., 3/5/2007

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Instruir a 'EDENOR S.A.' para que proceda al cálculo de los indicadores de la calidad del servicio técnico a nivel de suministro y de las multas asociadas, correspondientes al período comprendido entre marzo de 2006 y agosto de 2006 --vigésimo semestre de control de la Etapa 2--, excluyendo del referido cálculo las interrupciones aceptadas por el Organismo como originadas en causales de caso fortuito o fuerza mayor, de conformidad con lo expuesto en los considerandos de la presente Resolución y las planillas de resultados finales contenidas en el Anexo al presente acto. 2.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, 'EDENOR S.A.' deberá considerar en la determinación de la energía no suministrada correspondiente al vigésimo semestre de control de la Etapa 2 todas las interrupciones mayores a TRES (3) minutos una vez excedido cualquiera de los límites fijados como máximos, bastando que se supere uno de ellos para que todas las interrupciones ocurridas a posteriori deban ser consideradas para dicho cálculo, incluido el excedente de tiempo respecto de aquella en que se haya superado el límite máximo de tiempo de interrupción fijado, de acuerdo a lo establecido en el punto 3.2 del Subanexo 4 del Contrato de Concesión. 3.- La Distribuidora deberá presentar al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD dentro de los VEINTE (20) días hábiles administrativos contados a partir de la notificación de la presente, los resultados de los cálculos efectuados de conformidad a lo ordenado en los artículos 1 y 2, la información relativa a las sanciones por usuario correspondientes al semestre controlado por medio de una tabla que contenga los campos Id_Usuar,

Tarifa y Crédito de todas las categorías tarifarias, y una tabla semestral referida a Exclusión Parcial/ Solicitud del Cliente/Inconvenientes en instalaciones del Cliente que consista en el agregado de las respectivas mensuales, en el caso que se hubieran modificado uno o varios registros, correspondiendo en este último caso informar el motivo de dichos cambios. Asimismo, deberá incluir en la nota de presentación de la información indicada, un cuadro resumen con los montos totales de sanciones y cantidad de usuarios involucrados, por categoría tarifaria. 4.- En virtud de lo previsto en la Cláusula Quinta del Acta Acuerdo suscripta por la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos y 'EDENOR S.A.' el 21 de setiembre de 2005 y ratificada mediante Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 1957/2006, y lo señalado en los considerandos del presente acto, la Distribuidora podrá destinar los montos de las sanciones por los apartamientos a la Calidad del Servicio Técnico que resultan de la medición semestral dispuestos por los artículos 1 y 2 de la presente Resolución, a la ejecución de inversiones adicionales a las previstas en el ANEXO VI del Acta Acuerdo y en el Programa de Inversiones que la Concesionaria presente en el marco de la REVISION TARIFARIA INTEGRAL. 5.-...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR