Resolución 3.

Fecha de disposición15 Febrero 2016
Fecha de publicación15 Febrero 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 3/2016

Bs. As., 27/01/2016

VISTO el Expediente ACR N° 2548/2015, las Leyes Nos. 22.399 y 26.168, los Decretos Nos. 357/2002, 13/2015, 232/2015, 223/2016, el Reglamento de Organización Interna y Estructura Organizativa de la ACUMAR, aprobado como Anexo I de la Resolución ACUMAR N° 46/2014 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente, y General Las Heras, todos de la Provincia de Buenos Aires.

Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2° in fine que la ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.

Que el artículo 41° de la Constitución Nacional establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y determina que las autoridades proveerán, entre otras cuestiones, a la información y educación ambientales.

Que en ese orden de ideas, la Ley General del Ambiente N° 25.675, en su artículo 2° establece entre los objetivos que deberá cumplir la política ambiental nacional promover cambios en los valores y conductas sociales que posibiliten el desarrollo sustentable a través de una educación ambiental, tanto en el sistema formal como en el no formal, así como organizar e integrar la información ambiental y asegurar el libre acceso de la población a la misma.

Que en ese sentido, el Plan Integral de Saneamiento Ambiental (PISA), elaborado por la ACUMAR, donde se definen los lineamientos y políticas a seguir por el organismo, está en plena ejecución y reformulación de acuerdo a lo resuelto por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2, del Departamento Judicial de Morón.

Que por Decreto N° 232/2015 se ha modificado el Decreto N° 357/2002 dependiendo la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y por Decreto N° 223/2016 se ha resuelto que el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable es el Presidente del organismo.

Que a la fecha del dictado de la presente Resolución se han producido las renuncias de quienes...

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