Resolución 278-E.

EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO
Fecha de la disposición12 de Abril de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 278-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 16/02/2017

VISTO el Expediente Nº 1.742.205/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la firma FERROSIDER PARTS SOCIEDAD ANÓNIMA celebra un acuerdo directo con la UNION OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA \u2013 SECCIONAL VICENTE LOPEZ, obrante a fojas 6 de autos, que es ratificado por la UNION OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (entidad central) y por la firma de referencia a fojas 10 y 11 de autos y solicitan su homologación.

Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la Ley 24.013 y el Decreto Nº 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.

Que bajo dicho texto las partes acuerdan suspensiones para los trabajadores en los términos del Artículo 223 bis de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que a fojas 7/9 obra las nómina del personal afectado por la medida propuesta.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta en autos.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación...

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