Resolución 278 - E.

Fecha de disposición09 Septiembre 2016
Fecha de publicación09 Septiembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 278 - E/2016

Buenos Aires, 06/09/2016

VISTO el Expediente N° S02:0084126/2016 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Resolución N° 1604/2014 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 25.561 fue declarada la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, cuya vigencia fue prorrogada sucesivamente por las Leyes Nros. 25.972 hasta el 31 de diciembre de 2005, 26.077 hasta el 31 de diciembre de 2006, 26.204 hasta el 31 de diciembre de 2007, 26.339 hasta el 31 de diciembre de 2008, 26.456 hasta el 31 de diciembre de 2009, 26.563 hasta el 31 de diciembre de 2011, 26.729 hasta el 31 de diciembre de 2013 y 26.896 hasta el 31 de diciembre de 2015 y 27.200 hasta el 31 de diciembre de 2017, comprendiendo en la misma a los contratos celebrados por la administración pública bajo normas de derecho público.

Que, asimismo, se ha declarado el estado de emergencia de la prestación de los Contratos de Concesión en vías de ejecución correspondientes al Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo del ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, a través del Decreto N° 2075 de fecha 16 de octubre de 2002, manteniendo los contratos su plena vigencia, en todo aquello que no se oponga a la norma que los declara en emergencia, hasta tanto sean renegociados dichos acuerdos.

Que la normativa de emergencia citada autorizó a la Autoridad de Aplicación de los contratos, a fin de garantizar la operación del servicio, al dictado de diversas normas que instrumenten programas de emergencia de obras, trabajos indispensables y de prestación de servicios, sometiéndose el concesionario en forma inequívoca al régimen jurídico instituido de esa manera.

Que, en virtud de ese plexo normativo, a través de la Resolución N° 1604 del 16 de diciembre de 2014 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se aprobó a partir del 1 de julio de 2014 la Cuenta de Explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros de Superficie correspondiente al Grupo de Servicios 3 (Línea URQUIZA) METROVÍAS SOCIEDAD ANÓNIMA, hasta la conclusión de los procedimientos de renegociación emprendidos en el marco de la Ley N° 25.561, sus prórrogas y el Decreto N° 311 de fecha 3 de julio de 2003, a fin de garantizar la prestación del Servicio Público de Transporte Ferroviario.

Que, por su parte...

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