Resolución 260/2020

Fecha de publicación11 Abril 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE CULTURA


Ciudad de Buenos Aires, 09/04/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-23834339- -APN-CGD#MECCYT, la Ley de Ministerios N° 22.520 (Texto Ordenado Decreto Nº 438/92 y sus modificatorias), el Decreto Nº 335 de fecha del 4 abril del 2020, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y Nº 297 de fecha 19 de marzo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20 se ordena la ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), en relación al coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año.

Que en atención a lo establecido en el artículo 18º de la citada norma, se encuentran suspendidos o severamente restringidos, los eventos y actividades que habitualmente se desarrollan en espacios, poniendo en riesgo la subsistencia de estos sectores de la cultura.

Que estos espacios generan recursos genuinos para su funcionamiento operativo mediante la percepción de aranceles por encuentros, talleres, capacitaciones u otras instancias formativas, y/o entradas para actividades artísticas o espectáculos de naturaleza diversa.

Que de conformidad con la información estadística producida por el SISTEMA DE INFORMACIÓN CULTURAL DE LA ARGENTINA (SInCA), la mayor parte de estos espacios culturales son locatarias de los inmuebles donde desarrollan su actividad, y afrontan con gran esfuerzo el pago de salarios, honorarios, tarifas de servicio público, conectividad, mantenimiento, y otros gastos operativos.

Que, frente a la restricción o cese total de las actividades que generan recursos genuinos, los centros y espacios culturales enfrentan riesgo de quebranto o cierre, o situaciones económicas de muy difícil recuperación.

Que de igual modo, esta situación pone en riesgo el trabajo de actores, músicos, gestores culturales, programadores, técnicos, asistentes de sala, y todos aquellos trabajadores que directa o indirectamente se encuentran vinculados a los mencionados espacios.

Que para la subsistencia de las organizaciones y entidades culturales en todo el territorio nacional, resulta de vital importancia democratizar el acceso por parte de todos los habitantes de la Nación a los bienes y servicios culturales, y posee suma trascendencia para la federalización y descentralización de su circulación.

Qué, entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por la Ley de Ministerios N° 22.520 (Texto Ordenado Decreto Nº...

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