Resolución 98/2011

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición11 de Febrero de 2011

INFOLEG Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE

CREDITOS PRENDARIOS

Resolución 98/2011

Regímenes arancelarios que perciben los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor. Modifícase la Resolución Nº 314/02.

Bs. As., 9/2/2011

VISTO la Resolución M.J. y D.H. Nº 314 de techa 16 de mayo de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el acto administrativo mencionado en el Visto, se determinaron los aranceles que deben percibir los Registros Seccionales dependientes de la DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS por aplicación y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 9º del Régimen Jurídico del Automotor (Decreto-Ley Nº 6582/58 -ratificado por Ley Nº 14.467-, t.o. Decreto Nº 1114/97, y sus modificatorias).

Que dicho organismo ha propuesto la modificación del valor de determinados aranceles, con el objeto de incrementar las medidas de seguridad en la sede de los Registros Seccionales que de él dependen, circunstancia que innegablemente permitirá mejorar la prestación del servicio registral.

Que, a partir de lo anterior, y toda vez que la agilidad en las tramitaciones y el incremento en la seguridad para los destinatarios del sistema importan un claro beneficio derivado de la posibilidad acordada por el organismo registral de autorizar el pago de los aranceles registrales por medios alternativos al pago en efectivo, es que corresponde que dicho beneficio tenga un correlato en términos de retribución de los Señores Encargados.

Que, con el objeto se fijar un criterio objetivo de retribución, se contempla un incremento del valor de los aranceles correspondientes a la expedición de determinados elementos de seguridad, asociados de manera directa con los trámites registrales de mayor impacto, esto es, las inscripciones iniciales y las transferencias de dominio.

Que, con dicho fin, es preciso introducir modificaciones en determinados aranceles, incluidos ellos en los Anexos I, II, III y IV de la Resolución M.J. y D.H. Nº 314/02 y sus modificatorias.

Que ha tomado debida intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 92 del Régimen Jurídico del Automotor (Decreto-Ley Nº 6582/58 -ratificado por Ley Nº 14.467-, t.o. Decreto Nº 1114/97, y sus modificatorias), el artículo 2º,...

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