Resolución 248/2020

Fecha de publicación23 Octubre 2020
SecciónResoluciones
EmisorSINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 21/10/2020

VISTO la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, los Decretos N° 558 de fecha 24 de mayo de 1996, y N° 814 de fecha 13 de julio de 1998, la Resolución SIGEN Nº 36 de fecha 20 de marzo de 2017, y su modificatoria la Resolución SIGEN Nº 226 de fecha 27 de diciembre de 2018, y el Expediente EX-2020-65618465-APN-SIGEN, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 26 del Decreto N° 558/1996, establece que las compras y contrataciones que se realicen en los Ministerios y Secretarías de la Presidencia de la Nación, organismos centralizados y descentralizados de la Administración Pública Nacional, cuyos montos superen las escalas que determine la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, deberán someterse al control del Sistema de Precios Testigo.

Que el artículo 1° del Decreto N° 814/1998, autoriza a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN a percibir un arancel que permita sufragar los gastos que ocasiona el mantenimiento del “Sistema de Precios Testigo”, el que será sufragado por parte de los Ministerios, Secretarías de la Presidencia de la Nación, Organismos centralizados y descentralizados de la Administración Pública Nacional, que deban, por imperio de lo establecido en el Decreto N° 558/1996, someter a la consulta previa a sus adquisiciones y/o contrataciones.

Que el artículo 2º del mencionado Decreto establece que el arancel de referencia no podrá superar la cifra del SEIS POR MIL (6 ‰) a aplicar sobre el monto total de la compra o contratación informada.

Que en ese marco normativo, este Organismo de Control dictó la Resolución SIGEN Nº 36/2017, donde se aprobó los procedimientos a cumplir por los Organismos obligados para posibilitar la ejecución del control aludido.

Que mediante dicha Resolución se fijó el monto de la compra o contratación a partir del cual quedaba sujeto al control del sistema.

Que, asimismo, se estableció la escala de aranceles a percibir por dicho servicio.

Que por Resolución SIGEN Nº 226/2018, se sustituyó el artículo 2° y 11º del ANEXO I de la Resolución SIGEN Nº 36/2017, donde se modificó el monto estimado de la compra o contratación a partir del cual quedaba sujeto al control del sistema y la escala de aranceles a percibir por dicho servicio.

Que, debido al incremento detectado desde el dictado de la Resolución SIGEN N° 226/2018 hasta el mes de agosto de 2020, equivalente al OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del Índice de Precios Mayoristas (IPM), resulta necesaria una...

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