Resolución 248/2015

Fecha de disposición20 Abril 2015
Fecha de publicación05 Mayo 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33122



ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 248/2015Bs. As., 20/4/2015

VISTO el Expediente N° ANC:0010333/2015 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 y la Resolución N° 46 de fecha 27 de enero de 2014 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Normas y Procedimientos Técnicos de la Dirección de Aeronavegabilidad, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) elaboró los proyectos de la Parte 133 - “Operaciones de helicópteros con carga externa” y de la Parte 103 - “Vehículos ultralivianos” de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC); este último, conjuntamente con la Dirección de Regulación, Normas y Procedimientos dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN DE NAVEGACIÓN AÉREA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.

Que el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos dependiente de la Unidad de Planificación y Control de Gestión y la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de esta Administración Nacional, han tomado la intervención que les compete.

Que en el caso, corresponde implementar el proceso de Elaboración Participativa de Normas establecido por el Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003.

Que dicho procedimiento brindará la posibilidad de que los sectores interesados y toda persona, en general, puedan expresar su opinión y propuestas respecto del proyecto elaborado.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los Decretos Nros. 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL

DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

— Declárase abierto el procedimiento de Elaboración Participativa de Normas respecto de los proyectos de las Partes 103 y 133 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), que, como Anexos, integran la presente resolución.

ARTÍCULO 2°

— Se recibirán comentarios y observaciones hasta TREINTA (30) días corridos a contar de la fecha de publicación de la presente, los que deberán ser dirigidos a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), con domicilio en Avenida Paseo Colón N° 1.452 (C1063ADO) de la Ciudad Autónoma de...

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