Resolución 245/2021
Fecha de publicación | 04 Junio 2021 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO |
Ciudad de Buenos Aires, 03/06/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-49250633-APN-DGD#MDP, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, la Ley Nº 27.541, los Decretos Nros. 606 de fecha 28 de abril de 2014 y sus modificatorios, 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios y 167 de fecha 11 de marzo de 2021, la Resolución N° 102 de fecha 2 de abril de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.541 se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
Que mediante el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, se amplió por el plazo de UN (1) año la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la citada Ley N° 27.541, como una forma de dotar al ESTADO NACIONAL de herramientas necesarias, adecuadas, eficaces y transparentes para combatir la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.
Que mediante el Decreto Nº 167 de fecha 11 de marzo de 2021 se prorrogó la emergencia sanitaria dispuesta por la Ley N° 27.541 y ampliada por el Decreto N° 260/20, hasta el 31 de diciembre de 2021.
Que en ese contexto, y frente a la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional, se requirió la adopción de medidas inmediatas generales de prevención, basadas en evidencia científica y en la dinámica epidemiológica, cuyo impacto en la actividad económica conlleva a la generación e implementación de herramientas por parte del ESTADO NACIONAL, tendientes a su mitigación.
Que el Gobierno Nacional se encuentra promoviendo una serie de políticas direccionadas a impulsar la reconstrucción de la industria nacional, estimular la creación de empleo calificado e incrementar la productividad del entramado productivo nacional, estimulando una orientación exportadora y una mayor inserción internacional.
Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, establece que compete al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO todo lo inherente al desarrollo productivo, a la industria y el comercio, y en particular, entender en la elaboración de regímenes de promoción y protección de actividades económicas e industriales y de los instrumentos que los concreten, así como en la ejecución y fiscalización de los mismos; entender en la formulación de políticas y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba