Resolución 2445/2014
Fecha de disposición | 12 Diciembre 2014 |
Fecha de publicación | 19 Enero 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 33052 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 2445/2014Bs. As., 12/12/2014
VISTO el Expediente N° 1.634.164/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 del Expediente N° 1.634.164/14 obra el acuerdo celebrado por la FEDERACIÓN DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISIÓN Y TÉCNICOS TELEFÓNICOS ARGENTINOS por la parte sindical, y empresa TELEFÓNICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante dicho acuerdo las partes convienen un incremento de la contribución empresaria prevista en el Artículo 16 del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 257/97 “E”.
Que cabe dejar asentado que el precitado convenio ha sido celebrado entre la UNIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (U.P.J.E.T.) y la FEDERACIÓN DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISIÓN Y TÉCNICOS TELEFÓNICOS ARGENTINOS, por los trabajadores y las empresas TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM SOCIEDAD ANÓNIMA, STARTEL SOCIEDAD ANONIMA y TELINTAR SOCIEDAD ANONIMA.
Que en función de ello, corresponde dejar expresamente aclarado que el ámbito de aplicación del acuerdo sub examine quedará circunscripto al personal representado por la entidad sindical firmante, que se desempeña en la empresa TELEFÓNICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 257/97 “E”.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.
Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
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