Resolución 276/2010

EmisorMinisterio de Industria
Fecha de la disposición17 de Enero de 2011

Lunes 17 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.071 64

SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Se comunica a todos los agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA, de acuerdo a lo establecido en el Anexo 17 de la Resolución ex S.E. N'º' 137/92, sus modificatorias y complementarias, que la firma GENERACION FRIAS S.A. ha informado a esta SecretarÃa que asumió la titularidad de la Central Térmica FrÃas ubicada en Ruta Nacional 157, km 1050 de la Localidad de FRIAS,

Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, habiendo adquirido la misma del anterior titular, CENTRALES TERMICAS DEL NOROESTE ARGENTINO S.A., y que la toma de posesión de sus instalaciones se efectuó el 28 de junio de 2010.

La Central Térmica Sarmiento se encuentra incorporada como Agente GENERADOR a dicho Mercado y la firma solicitante requiere su habilitación para seguir actuando en el mismo carácter y bajo las mismas condiciones que el anterior titular.

________ NOTA: Se hace saber a los interesados que el expediente correspondiente (EXP-S01:0442611/2010) se encuentra disponible para tomar vista en Paseo Colón 171 - 3'º piso, oficina 301 en el horario de 10 a 13 y de 15 a 18 horas, durante 5 (cinco) dÃas corridos a partir de la fecha de la presente publicación.

Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de EnergÃa.

e. 17/01/2011 N'º' 4610/11 v. 17/01/2011 MINISTERIO DE INDUSTRIA Resolución N'º' 276/2010

Bs. As., 29/12/2010

VISTO el Expediente N'º' S01:0407629/2009 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N'º' 438/92) y sus modificatorios, el Decreto N'º' 2192 de fecha 28 de diciembre de 2009, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N'º' 2192/09 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la UNIDAD MINISTRO y de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, ambas del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO actualmente MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que resulta necesario establecer las medidas tendientes a perfeccionar el accionar de las distintas áreas que conforman el citado Ministerio.

Que en consecuencia, corresponde establecer las aperturas inferiores de las dependencias mencionadas en la norma citada precedentemente.

Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete, de conformidad con lo dispuesto por el ArtÃculo 8'º del Decreto N'º' 964 de fecha 1 de julio de 2010.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del Decreto N'º' 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, la Resolución N'º' 422 de fecha 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y el ArtÃculo 2'º del Decreto N'º' 2192 de fecha 28 de diciembre de 2009.

Por ello,

LA MINISTRA DE INDUSTRIA RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Apruébanse las aperturas inferiores de la UNIDAD MINISTRO y de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, ambas del MINISTERIO DE INDUSTRIA, de conformidad con los Organigramas y Acciones que, como Anexos la, lb, lc, Id, le, If y II forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2

'º — Apruébanse las Coordinaciones de acuerdo al listado y acciones que se detallan en los Anexos III y IV, los que forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Lic. DEBORA A. GIORGI, Ministra de Industria.

ANEXO la ANEXO lb ANEXO Ic ANEXO Id Lunes 17 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.071 65

ANEXO le ANEXO If ANEXO II UNIDAD MINISTRO UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA AUDITOR INTERNO ADJUNTO ACCIONES:

  1. - Reemplazar al Auditor Interno Titular en su ausencia.

  2. - Asistir al Auditor en la formulación y control de la planificación global y anual, y de los programas especÃficos de auditorÃa.

    3,- Analizar y emitir opinión acerca de los aspectos puntuales que en materia de estrategias y planes le sean requeridos por el Auditor Interno Titular.

  3. - Proponer un orden de prioridades de las auditorÃas a realizar.

  4. - Analizar los resultados de los trabajos elevados por los responsables de auditorÃa, evaluar y conformar las conclusiones al respecto.

  5. - Coordinar la asignación de personal en las diferentes áreas de trabajo y conformar los respectivos equipos de auditorÃa.

  6. - Analizar el comportamiento técnico profesional del personal, en el desarrollo de las acciones de auditorÃa, evaluando les rendimientos individuales en relación con el resultado de los programas aprobados.

  7. - Definir criterios para la capacitación y actualización del personal generando los programas al respecto.

  8. - Establecer el riesgo aceptable de auditorÃa en base al conocimiento de la materia a auditar, el riesgo inherente y el riesgo de control, a los efectos de elaborar el plan para cada una de las auditorÃas que se realicen.

  9. - Asistir al Auditor Interno en la formulación del Plan Anual de Trabajo de la Unidad de AuditorÃa Interna conforme las Normas de AuditorÃa Interna Gubernamental y las pautas definidas por SIGEN.

    UNIDAD MINISTRO UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL DEPARTAMENTO DE INTEGRACION INDUSTRIAL REGIONAL ACCIONES:

  10. - Promocionar y adecuar los regÃmenes de promoción industrial de manera articulada entre la Nación, las provincias y los municipios.

  11. - Asesorar sobre la aplicación de instrumentos financieros de apoyo al desarrollo industrial.

  12. - Articular polÃticas de promoción industrial nacionales, regionales y locales.

  13. - Generar mecanismos para la integración de la polÃtica industrial con la polÃtica macro económica del paÃs.

  14. - Incentivar el desarrollo de polÃticas industriales integradas y complementarias en las distintas regiones del paÃs y con los paÃses de la subregión sudamericana, en particular con los miembros MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR).

  15. - Crear estrategias adecuadas para la internacionalización de las empresas argentinas y la obtención de nuevos mercados.

    UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL DEPARTAMENTO DE COMUNICACION INSTITUCIONAL ACCIONES:

  16. - Establecer mecanismos para, las relaciones institucionales entre los organismos internacionales, nacionales, provinciales y locales responsables de los temas industriales.

  17. - Generar e implementar estrategias de comunicación destinadas a dar visibilidad al desarrollo industrial del paÃs, en la REPUBLICA ARGENTINA y en el exterior.

  18. - Desarrollar estrategias institucionales en los distintos niveles para la implementación de las polÃticas industriales.

    UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL DEPARTAMENTO DE PROMOCION Y DESARROLLO TECNOLOGICO ACCIONES:

  19. - Promocionar acuerdos con organismos cientÃficos y técnicos, en particular con las universidades nacionales, con la finalidad de mejorar los estándares de calidad de la industria.

  20. - Brindar y desarrollar incentivos para la promoción de la calidad de la industria nacional.

  21. - Propiciar y coordinar los procesos de investigación aplicados al desarrollo industrial y tecnológico en forma conjunta con el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I).

    SUBSECRETARIA DE COORDINACION DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DEPARTAMENTO DE TESORERIA ACCIONES:

  22. - Efectuar la custodia y el manejo de los fondos y valores provenientes de recaudaciones o cobro de órdenes de pago de la TESORERIA GENERAL DE LA NACION, ejecutando los pagos autorizados en las mismas, previo cumplimiento de las normas reglamentarias.

  23. - Efectuar pagos en concepto de liquidación de viáticos, asignación y reposición de cajas chicas, cancelación de deudas por compra de bienes o servicios y demás conceptos cancelables a través del fondo rotatorio de la jurisdicción.

  24. - Confeccionar el parte diario de ingresos y egresos de valores, ya sea efectivo, banco y/o garantÃas, como de fondos de terceros, cargos varios, etcétera.

  25. - Realizar las conciliaciones bancarias sobre los registros de extractos bancarios y libros de TesorerÃa de las cuentas corrientes oficiales del organismo.

  26. - Disponer todos los actos y gestiones necesarios para la adecuada administración del fondo rotatorio de la jurisdicción.

  27. -Atenderyprocederalpagodehaberesalpersonal,ingresandolasretencionescorrespondientes a los distintos organismos.

  28. - Mantener actualizado el registro de valores en custodia, garantÃas y fondos de terceros.

    DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS ACCIONES:

  29. - Administrar el sistema de información financiera que permita conocer en forma permanente la gestión presupuestaria de la jurisdicción.

    Lunes 17 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.071 66

  30. - Controlar el manejo y custodia de fondos y valores provenientes de recaudaciones o de cualquier otro ingreso permanente o eventual asà como también de los valores y documentos que los representen tanto de la Administración Central como de los organismos descentralizados que se administren.

  31. - Fiscalizar los cobros y pagos conforme las normas reglamentarias.

  32. - Entender en las acciones prejudiciales tendientes al recupero de créditos a favor del Tesoro Nacional en el ámbito de la jurisdicción.

  33. - Controlar las actividades relacionadas con registraciones contables y de ejecución del presupuesto, tanto de la Administración Central como de los organismos descentralizados de su jurisdicción.

  34. - Efectuar análisis evaluativos en base a la ejecución presupuestaria y elaborar estudios y trabajos comparativos sobre indicadores fÃsicos y financieros.

  35. - Supervisar todo lo relativo a la liquidación de facturas de proveedores, indemnizaciones, gastos de personal, otras erogaciones y transferencias.

  36. - Asesorar y asistir técnicamente a los distintos estamentos de la jurisdicción.

  37. - Fiscalizar las acciones relativas al registro y control de los...

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