Resolucion 236

Fecha de la disposición 7 de Abril de 2008

Expte. Nº 99.868/07

ACTA COMPLEMENTARIA ACUERDO S.T.I.H.M.P.R.A. - C.A.F.I.

En General Roca, Provincia de Río Negro, a los veinticuatro días del mes de Enero de dos mil ocho y siendo las 11,00 horas, comparecen por ante esta DELEGACION REGIONAL DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Los Sres. PAMPIGLIONE Adolfo Paritario en representación de la CAMARA ARGENTINA DE FRUTICULTORES INTEGRADOS (C.A.F.I.) por una parte y Angel Modesto MARTIN Paritario, en representación del SINDICATO DE LA INDUSTRIA DEL HIELO Y DE MERCADOS PARTICULARES DE LA REPUBLICA ARGENTIN A (S.T.I.H.M.P.R.A.) Seccional Cipolletti.

Las partes volverán a reunirse el 15 de octubre del corriente año para discutir una nueva escala salarial que rija a partir del 1º de enero de 2008, corresponde decir: 'a partir del 1º de enero de 2009'. Por consiguiente solicitan que al momento de su homologación se tome en cuenta lo expuesto en la presente acta.

Con lo que terminó el acto, firmando los comparecientes, de conformidad, previa lectura y ratificación, por ante mí funcionario actuante que certifico.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 235/2008

Registro N° 180/2008

Bs. As., 27/2/2008

VISTO el Expediente Nº 1.246.703/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del Acuerdo obrante a fojas 2/3 de autos, alcanzado entre la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS) y la CAMARA DE PUERTOS PRIVADOS COMERCIALES, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 ( t.o. 2004).

Que el presente acuerdo es celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 485/07, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el ámbito territorial y personal del mismo, se corresponde con la actividad representada por la institución empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por último correspondería que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tome, la intervención que le compete.

Que por lo...

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