Resolución 659/2010

Fecha de la disposición24 de Diciembre de 2010

Viernes 24 de diciembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.055 41

Que la Dirección de Asuntos JurÃdicos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N'º' 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 2007, ambas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Apruébase la compensación solicitada por la firma DOVALES S.A., Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) N'º' 3070860869-2, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) N'º' 072041392000000001454-0, de la Localidad de Tandil, Provincia de Buenos Aires, correspondiente al mes de enero de 2010 la que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS UNO CON DIECINUEVE CENTAVOS ($' 1.849.201,19), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2

'º — AutorÃzase el pago de la compensación consignada al beneficiario mencionado en el Articulo 1'º, el que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS UNO CON DIECINUEVE CENTAVOS ($' 1.849.201,19).

Art. 3

'º — El gasto que demande la implementación de lo establecido por el ArtÃculo 2'º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

Art. 4

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Paola López.

% 41 % NACIONAL DE FISCALIZACION DEL TRANSPORTE por la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, dado que la misma está facultada para ello, en orden a lo dispuesto por la Ley N'º' 17.233, sus modificatorias y las atribuciones conferidas por el Decreto Delegado N'º' 1388 del 29 de noviembre de 1996.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — FÃjanse entre PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES ($' 693,00) y PESOS UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($' 1.474,00) por cada unidad afectada a la explotación, los montos mÃnimo y máximo respectivamente de la TASA NACIONAL DE FISCALIZACION DEL TRANSPORTE, Ley N'º' 17.233 modificada por las Leyes Nros. 21.398, 22.139 y 24.378, correspondiente al año 2011.

Art. 2

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