Resolución 232/2022

Fecha de publicación05 Enero 2023
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2022

VISTO Expediente Electrónico Nº EX-2022-48000263- -APN-ATCA#MT, las Leyes Nº 24.013 y sus modificatorias y N° 26.727 y las Resoluciones de LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO N° 149 del 19 de noviembre de 2020 y del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL N° 15 del 25 de noviembre de 2022, y

CONSIDERANDO

Que en el Expediente Electrónico citado en el Visto obra la revisión de las remuneraciones mínimas para los trabajadores que se desempeñan en la actividad de COSECHA DE PAPA, en el ámbito de las Provincias de CATAMARCA y LA RIOJA.

Que por la Ley N° 24.013 se creó el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.

Que en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 139 de la Ley Nº 24.013, el SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL garantizado por el artículo 14 bis de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y previsto por el artículo 105 de la Ley Nº 26.727 y mediante la Resolución del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL N° 15/2022, se fijó un incremento a partir del 1° de diciembre de 2022.

Que, en función de los términos descriptos precedentemente, LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO, considera pertinente elevar las remuneraciones mínimas para los trabajadores que se desempeñan en la actividad antes mencionada.

Que por último las representaciones sectoriales deciden instaurar una cuota aporte de solidaridad gremial aplicable sobre el total de las remuneraciones de los trabajadores que se desempeñan en el marco de la presente actividad, y determinar su plazo de vigencia, límites de aplicación y modo de percepción por la entidad sindical signataria.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 89 y 105 de la Ley N° 26.727 y la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 149/2020.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE

ARTÍCULO 1° - Fíjanse las remuneraciones para los trabajadores que se desempeñan en la actividad de COSECHA DE PAPA, en el ámbito de las Provincias de CATAMARCA y LA RIOJA, con vigencia desde el 1º de diciembre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, conforme...

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