Resolución 2283. RESOL-2018-2283-APN-DNV#MTR

Fecha de disposición16 Noviembre 2018
Fecha de publicación16 Noviembre 2018
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE TRANSPORTE

DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD

Resolución 2283/2018

RESOL-2018-2283-APN-DNV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2018

VISTO el Expediente EX-2018-58411195-APN-PYC#DNV, la Ley N° 25.675, la Ley N° 25.831, la Ley N ° 27.275, la Ley N° 27.328, el Decreto N° 1172 de fecha 3 de diciembre de 2003, el Decreto N° 118 de fecha 17 de febrero de 2017, el Decreto N° 902 de fecha 7 de noviembre de 2017, las Resoluciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD N° 3043 del 30 de noviembre de 2017, N° 3178 del 13 de diciembre de 2017 y N° 1126 del 18 de junio de 2018; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.675 establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.

Que la Ley N° 25.831 establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para garantizar el derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del Estado, tanto en el ámbito Nacional como Provincial, Municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas.

Que la Ley N° 27.275 tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública.

Que mediante Ley N° 27.328 se estableció el régimen relativo a los contratos de participación público privada, definiendo a los mismos en su Artículo 1° como aquellos celebrados entre los órganos y entes que integran el Sector Público Nacional con el alcance previsto en el Artículo 8º de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias (en carácter de contratante), y sujetos privados o públicos en los términos que se establece en dicha ley (en carácter de contratistas), con el objeto de desarrollar proyectos en los campos de infraestructura, vivienda, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica.

Que la Ley Nº 27.328 fue reglamentada mediante el Decreto Nº 118 de fecha 17 de febrero de 2017, declarando de interés nacional todos los proyectos que se desarrollen en el marco de las disposiciones de la misma.

Que por el Decreto Nº 902 de fecha 7 de noviembre de 2017 se estableció la incorporación del régimen de la Ley Nº 27.328, como una modalidad alternativa de contratación a la establecida en el Decreto N° 1.288 de fecha 21 de diciembre de 2016, para los Corredores Viales Nacionales.

Que en dicho marco, a propuesta de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD se ha efectuado una nueva configuración para los Corredores Viales Nacionales, bajo la designación de Proyecto "Red de Autopistas y Rutas Seguras PPP \u2013 Etapa 1", que contempla las unidades denominadas CORREDOR VIAL "A", CORREDOR VIAL "B", CORREDOR VIAL "C", CORREDOR VIAL "E", CORREDOR VIAL "F" y...

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