Resolución 708/2010
Emisor | Secretaria de Trabajo |
Fecha de la disposición | 20 de Octubre de 2010 |
Miércoles 20 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.011 42
CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO % 42 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 707/2010
Tope N'º' 273/2010
Bs. As., 17/6/2010
VISTO el Expediente N'º1.076.296/03 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º637 del 14 de mayo de 2010, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 280 del Expediente N'º1.076.296/03 obra la escala salarial pactada entre la FEDERACION ARGENTINA TRABAJADORES PASTELEROS, CONFITEROS, HELADEROS, PIEROS Y ALFAJOREROS, por la parte sindical y la empresa PARQUE DE LA COSTA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
'º â RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.
'º â RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
'º â GÃrese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
'º â Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5'º de la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).
'º â ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. â Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO Expediente N'º1.076.296/03
PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO FEDERACION ARGENTINA TRABAJADORES PASTELEROS,
CONFITEROS, HELADEROS,
PIZZEROS Y ALFAJOREROS c/ PARQUE DE LA COSTA SOCIEDAD ANONIMA CCT N'º' 250/97 âEâ 01/01/2010
01/04/2010
01/06/2010 $' 2.297,53 $' 2.355,47 $' 2.412,67 $' 6.892,59 $' 7.066,41 $' 7.238,01
Expediente N'º1.076.296/03
Buenos Aires, 18 de junio de 2010
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º707/10, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 273/10 T. â JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
% 42 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 708/2010
Tope N'º' 281/2010
Bs. As., 17/6/2010
VISTO el Expediente N'º978.119/94 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO N'º212 del 17 de mayo de 2010, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 362 del Expediente N'º978.119/94 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO UNIDO DE TRABAJADORES JARDINEROS, PARQUISTAS, VIVERISTAS Y FLORICULTORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la ASOCIACION ARGENTINA DE FLORICULTORES Y VIVERISTAS, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'º460/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º14.250 (t.o. 2004).
Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T.
N'º212/10 y registrado bajo el N'º667/10, conforme surge de fojas 368/370 y 373, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope...
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