Resolución 2225/2014

Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 2225/2014Bs. As., 18/11/2014

VISTO el Expediente Nº 1.574.106/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación de los acuerdos celebrados entre la UNIÓN PERSONAL AERONAVEGACIÓN DE ENTES PRIVADOS y la firma LONGPORT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, obrantes, respectivamente, a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.574.106/13 y a fojas 2 del Expediente Nº 1.630.151/14 agregado al Expediente Nº 1.574.106/13 como fojas 36, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dichos acuerdos, las partes convienen nuevas condiciones salariales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1071/09 “E”, conforme los términos y condiciones de los textos pactados.

Que el ámbito de aplicación de los presentes acuerdos se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos los mentados acuerdos.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

— Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.574.106/13, celebrado entre la UNIÓN PERSONAL AERONAVEGACIÓN DE ENTES PRIVADOS y la firma LONGPORT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°

— Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.630.151/14 agregado al Expediente Nº 1.574.106/13 como fojas 36, celebrado entre la UNIÓN PERSONAL AERONAVEGACIÓN DE ENTES PRIVADOS y la firma LONGPORT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

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