Resolución 115/2003

Fecha de disposición11 Agosto 2003
Fecha de publicación11 Agosto 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30210

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

ARANCELES

Resolución 115/2003

Autorízase a los productores de papa para semilla de la zona de Malargüe y El Sosneado, provincia de Mendoza, a abonar el cincuenta por ciento del arancel fijado por la Resolución N° 524/2000, a consecuencia de la adversidad climática ocurrida en febrero del año en curso, que afectó la citada producción.

Bs. As., 5/8/2003

VISTO el expediente N° S01:0084288/2003 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, la presentación del señor Ministro de Economía de la Provincia de MENDOZA, Licenciado Gabriel FIDEL, la Resolución N° 524 de fecha 7 de setiembre de 2000 del Registro de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, la Resolución N° 217 de fecha 29 de octubre de 2002 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, y

CONSIDERANDO:

Que debido a la adversidad climática ocurrida en el mes de febrero de 2003, ha sido afectada el CIEN POR CIENTO (100%) de la superficie destinada a la producción de papa semilla.

Que por este motivo los productores han tenido que incurrir en mayores costos de producción para intentar aumentar el rendimiento de sus cultivos.

Que el señor Ministro de Economía de la Provincia de MENDOZA, Licenciado Gabriel FIDEL, solicita una reducción del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los aranceles que percibe la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION en concepto de pago de hectáreas fiscalizadas, valor del rótulo oficial de semilla fiscalizada y anualidad en el REGISTRO NACIONAL DEL COMERCIO Y FISCALIZACION DE SEMILLAS.

Que la Resolución N° 524 de fecha 7 de setiembre de 2000 del Registro de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION fija como aranceles: por fiscalización, PESOS QUINCE ($ 15,00) por hectárea y PESOS DIEZ ($ 10,00) cuando se realice bajo normas de Acreditación; por rótulo oficial para semilla clase Fiscalizada para la categoría Original (Básica o Fundación) PESOS CATORCE CENTAVOS ($ 0,14) y para la categoría Certificada (Registrada y Certificada) PESOS SIETE CENTAVOS ($ 0,07) y su renovación anual en el REGISTRO NACIONAL DEL COMERCIO Y FISCALIZACION DE SEMILLAS, entre las siguientes categorías: PRODUCTOR DE SEMILLA BASICA O HIBRIDA (Categoría C) y SEMILLERO (Categoría Categoría D).- Anualidad: PESOS ClENTO SETENTA ($...

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