Resolución 26/2003

Fecha de disposición14 Agosto 2003
Fecha de publicación14 Agosto 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30213

Secretaría de Coordinación Técnica Secretaría de Coordinación Técnica

DEFENSA DEL CONSUMIDOR

Resolución 26/2003

Derógase la Disposición Nº 3/2003 de la Subsecretaría de Defensa de la Competencia y Defensa del Consumidor y modifícase la Resolución de la ex Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor Nº 53/2003, prorrogando el plazo establecido en el artículo 2º de la misma y definiendo las cláusulas consideradas abusivas en los contratos suscriptos por los consumidores y usuarios de bienes y servicios.

Bs. As., 13/8/2003

VISTO el Expediente Nº S01:0038883/2003 del Registro del Ex MINISTERIO DE PRODUCCION y la Ley Nº 24.240, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo normado por el Artículo 42 de la CONSTITUCION NACIONAL, los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, entre otros, a la protección de sus intereses económicos y a condiciones de trato equitativo y digno, correspondiendo a las autoridades proveer a la protección de los mismos.

Que a tales fines y para prevenir la inclusión de cláusulas que infringen los criterios de abusividad previstos en el Artículo 37 de la Ley Nº 24.240, se dictó la Resolución de la Ex SECRETARIA DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACION Y LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR del Ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION Nº 53 del 21 de abril de 2003.

Que a su turno, la SUBSECRETARIA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR dependiente de esta Secretaría, dictó la Disposición Nº 3 del 22 de julio de 2003.

Que por su parte, en razón de lo establecido en los Artículos 37 y 38 de la Ley Nº 24.240, es función de la autoridad de aplicación vigilar que los contratos y las cláusulas previstos en dichas normas, no contengan cláusulas de las previstas en el Artículo 37 mencionado.

Que tal temperamento se complementa con lo dispuesto en el Artículo 39 de la Ley Nº 24.240, norma que establece que cuando los contratos a los que se refiere el Artículo 38 de la citada ley requieran la aprobación de otra autoridad nacional o provincial, ésta tomará las medidas necesarias para la modificación del contrato tipo a pedido de la autoridad de aplicación.

Que por el Decreto Nº 25 del 27 de mayo de 2003 se aprobaron los objetivos de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA entre los que se encuentra el de asegurar la correcta ejecución y control de la política comercial interna en todo lo relacionado con la defensa del consumidor, de lo que resulta que dicha Secretaría es continuadora de la Ex...

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