Resolución 1117/2003

Fecha de disposición16 Marzo 2001
Fecha de publicación14 Octubre 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30254

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución N° 1117/2003

Bs. As., 6/10/2003

VISTO el Expediente N° 024-99-80869703-790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Resolución D.E.-A N° 309 del 16 de marzo de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3° de la Resolución citada en el VISTO se delegó en el Gerente de Asuntos Jurídicos la facultad de emitir actos resolutivos vinculados a la corrección de situaciones anómalas en beneficios previsionales en curso de pago.

Que actualmente pesa sobre la Gerencia mencionada un importante cúmulo de tareas que demora la suscripción de los actos proyectados por el Area Políticas y Resoluciones, dependiente de la Gerencia de Asuntos Administrativos.

Que por razones de economía administrativa resulta entonces necesario facultar al Gerente de Asuntos Jurídicos a delegar la prerrogativa prevista en el artículo mencionado.

Que, sin perjuicio de ello, la Gerencia de Asuntos Jurídicos deberá vigilar la tarea realizada por la Gerencia en quien delegue sus facultades, debiendo establecer el procedimiento y los plazos que deberá cumplir el órgano delegado.

Que a tal fin, la Gerencia delegada, deberá elevar mensualmente a la Gerencia de Asuntos Jurídicos, un informe que dé cuenta de las resoluciones emitidas y llevar un registro debidamente rubricado en el que protocolizará dichos actos.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, como iniciadora del proyecto.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley N° 24.241, por el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 t.o. 1991, por el Decreto N° 2741/91 y por el Decreto N° 106/03.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°

Facúltase al...

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