Resolución 141/2003

Fecha de disposición28 Abril 2003
Fecha de publicación28 Abril 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30138

Organo de Control de Concesiones Viales Organo de Control de Concesiones Viales

TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS

Resolución 141/2003

Apruébanse los requerimientos presentados por la Asociación Argentina de Empresarios del Transporte Automotor y la Cámara Empresaria de Larga Distancia, para operar como Centros de Recepción en el marco de la Resolución Nº 153/2003 de la Secretaría de Obras Públicas, que aprobó el procedimiento para la acreditación de la condición de beneficiario del descuento previsto por el Artículo 9º del Decreto Nº 2407/2002.

Bs. As., 23/4/2003

VISTO el Expediente OCCOVI Nº 1039/2003 del Registro de este ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, y la Resolución de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Nº 153 de fecha 7 de abril de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1º de la Resolución citada en el Visto aprobó el "PROCEDIMIENTO PARA LA ACREDITACION DE LA CONDICION DE BENEFICIARIO DEL DESCUENTO PREVISTO POR EL ARTICULO 9º DEL DECRETO Nº 2407 DE FECHA 28 DE NOVIEMBRE DE 2002".

Que conforme con el Artículo 6º de la Resolución citada en el Visto, este ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES debe aprobar las características de diseño de la tarjeta que deberán utilizar los permisionarios del servicio de transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter interjurisdiccional, denominada TARJETA TAPI, con tecnología informática de código de barras.

Que asimismo, el procedimiento aprobado por la Resolución del Visto como Anexo I, faculta a este Organismo a establecer el procedimiento que reglamente la acreditación del descuento citado en el primer considerando.

Que por otra parte, el Apartado 3) del procedimiento aprobado por la Resolución de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Nº 153/03 como Anexo I, establece que "…en un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos de publicada la presente Resolución, las entidades representativas del sector empresarial, deberán comunicar su requerimiento al ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en adelante OCCOVI, para operar como Centros de Recepción, el que procederá a evaluar, y aprobar o rechazar en su caso, el requerimiento".

Que a tal efecto, se presentaron la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (AAETA) y la CAMARA EMPRESARIA DE LARGA DISTANCIA (CELADI), tramitando por los...

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