Resolución 77/2003

Fecha de disposición16 Abril 2003
Fecha de publicación16 Abril 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30132

Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva

SECTOR CIENTIFICO TECNOLOGICO NACIONAL

Resolución 77/2003

Adáptase el procedimiento dispuesto por la Resolución N° 63/2003, en relación con el régimen de importaciones para insumos destinados a investigaciones científico-técnicas, hasta tanto sea posible implementar en su totalidad el sistema informatizado establecido por dicha norma.

Bs. As., 3/4/2003

VISTO el Expediente N° 0073/2003 del registro de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA, E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, la Ley N° 25.613, la Resolución SECTIP N° 063 de fecha 25 de marzo del corriente año, y

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución citada en el VISTO se aprobaron los procedimientos administrativos, circuitos y tramitaciones necesarias para la inscripción en el Registro de Organismos y Entidades Científicas y Tecnológicas (ROECyT) establecido en la Ley N° 25.613, la solicitud de certificados de importación de bienes e insumos, como también para el trámite destinado a efectuar impugnaciones y la documentación a presentar en cada uno de los casos.

Que a los fines de poner en marcha dichos procedimientos resulta menester realizar una serie de adaptaciones en los sistemas informáticos de esta Secretaría y de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), las cuales requieren de un lapso mayor al previsto inicialmente.

Que atento la urgencia que reviste la puesta en marcha e implementación del Régimen establecido en la Ley N° 25.613 para el Sector Científico Tecnológico Nacional, no es posible esperar la finalización de dichas tareas, ya que ello ocasionaría graves inconvenientes.

Que por lo expuesto, resulta necesario la aprobación provisoria de procedimientos manuales; es decir, mediante la presentación, tramitación y la emisión de la documentación respectiva íntegramente en formato papel.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley N° 25.613.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

RESUELVE:

Artículo 1°

Adaptar el procedimiento dispuesto, por la Resolución SECTIP N° 063 de fecha 25 de marzo de 2003 en relación con el Régimen de Importaciones para Insumos destinados a Investigaciones Científico-Tecnológicas aprobado por la Ley N°...

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