Resolución 2793/2003

Fecha de disposición25 Marzo 2003
Fecha de publicación25 Marzo 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30117

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución N° 2793/2003

Bs. As., 4/2/2003

VISTO la ley N° 24.076, la Resolución ENARGAS N° 139/95, la Resolución ENARGAS N° 2603/ 02 y la Resolución ENARGAS N° 2629/02 y,

CONSIDERANDO:

Que desde la reciente devaluación de la moneda nacional, el costo de un equipo completo para GNC instalado en el automotor se ha visto notablemente incrementado, en especial como consecuencia del sensible aumento del precio del cilindro contenedor, lo que trajo aparejado el marcado crecimiento de casos de robo de esos recipientes.

Que este tipo de prácticas pone en riesgo la integridad de las personas, tanto en la instancia del episodio delictivo como en la posterior utilización de instalaciones vehiculares de GNC efectuadas en talleres no habilitados por Productores de Equipos Completos.

Que con el fin de desalentar los ilícitos referidos anteriormente, la Autoridad Regulatoria dictó la Resolución ENARGAS N° 2603/02 tendiente a obstaculizar la comercialización de los elementos de dudosa procedencia.

Que su instrumentación produjo la apertura del Sistema informático Centralizado del GNC (SIC GNC), el que establece mecanismos de consulta para los sujetos del sistema y los usuarios, y permite la identificación de la instalación vehicular por medio de los registros de automotores propulsados con GNC.

Que también está prevista la identificación de los componentes de la instalación vehicular, a través de sus números de serie y códigos de homologación.

Que si bien esa Resolución produjo el efecto esperado, el caso de la utilización de obleas apócrifas como forma de blanquear elementos robados trae como consecuencia un potencial riesgo para la seguridad pública en general y del usuario en particular.

Que a su vez, se considera que las actuales condiciones del mercado de GNC hacen prever un incremento del parque automotor propulsado con ese fluido, en razón de la notoria diferencia de precios con los combustibles líquidos.

Que a los efectos de profundizar los mecanismos de control, resulta aconsejable continuar en la senda de la implementación de un sistema inteligente que, entre otras cosas, permita que la carga de GNC no dependa de la decisión del personal que se dedica a esa tarea.

Que por ello, y teniendo en cuenta que las Resoluciones ENARGAS N° 139/95, N° 2603/02 y N° 2768/02 persiguen como uno de los objetivos esenciales de la regulación del Sistema de GNC, el lograr un control eficiente del Parque Automotor propulsado con ese combustible gaseoso previo a su carga en Estaciones de Carga habilitadas al efecto, resulta pertinente optimizar el esquema y/o mecanismos de control mediante la utilización de la tecnología más eficiente para tales propósitos.

Que en ese sentido, y a los efectos de poder contar con mayor cantidad de elementos de juicio relacionados con el conocimiento de las distintas tecnologías con las que cuenta el mercado, y con el fin de dar satisfacción a los requerimientos que el sistema de control necesita, sería oportuno llevar a cabo, mediante la participación de especialistas en el tema, un estudio que concluya en la...

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