Resolución 1447/2003

Fecha de disposición05 Marzo 2003
Fecha de publicación05 Marzo 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30103

Administración Federal de Ingresos Públicos Administración Federal de Ingresos Públicos

IMPUESTOS

Resolución General 1447

Impuesto sobre los Bienes Personales. Ley Nº 23.966, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Título VI. Período fiscal 2002. Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento. Decreto Nº 1807/93. Valuaciones computables e informaciones complementarias.

Bs. As., 20/2/2003

VISTO el Título VI de la Ley Nº 23.966, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, que establece el Impuesto sobre los Bienes Personales, y el Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso b) del artículo 22 de la citada ley, corresponde establecer los valores mínimos computables de los bienes automotores.

Que con la finalidad de facilitar a los contribuyentes y responsables del mencionado gravamen la correcta liquidación de la obligación fiscal, esta Administración Federal considera conveniente dar a conocer el último valor de cotización, al 31 de diciembre de 2002, de las monedas extranjeras y de las acciones, obligaciones negociables, certificados de participación y títulos de deuda, títulos públicos, cupones impagos y depósitos reprogramados, que cotizan en bolsa, así como el de las cuotas parte de los fondos comunes de inversión.

Que para ello, se ha tenido en cuenta el asesoramiento producido por la Superintendencia de Seguros de la Nación y las informaciones suministradas por el Banco de la Nación Argentina, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión.

Que asimismo, se entiende aconsejable publicar determinados datos que deben ser consignados necesariamente para la confección de los formularios o disquetes que se utilicen para la determinación del tributo.

Que a los efectos contemplados en el punto 8. de la declaración primaria del Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, se informan los valores de los distintos automotores.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 28 de la Ley Nº 23.966, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones y 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo...

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