Resolución 10/2003
Fecha de disposición | 18 Febrero 2003 |
Fecha de publicación | 18 Febrero 2003 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 30092 |
Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos
COMPRE TRABAJO ARGENTINO
Resolución 10/2003
Apruébase el Procedimiento para el Cumplimiento del Régimen de Compre Trabajo Argentino.
Bs. As., 12/2/2003
VISTO el Expediente Nº 1289/02 del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), el Decreto Nº 375 de fecha 24 de abril de 1997 y Nº 500 de fecha 2 de junio de 1997, ratificados por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 842 de fecha 27 de agosto de 1997, la Ley 25.551 y el Decreto Reglamentario 1600 de fecha 28 de agosto de 2002; y,
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la propuesta de Procedimiento y "Modelo de Declaración Jurada" elaborados por la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA, para ser aplicados por la GERENCIA DE AEROPUERTOS, relativo al control que le corresponde efectuar al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) respecto del cumplimiento, por parte del Concesionario AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA, de las previsiones de la Ley N° 25.551.
Que por la Ley N° 25.551, la que entró en vigencia en setiembre del año 2002, se aprobó el "Régimen de Compre Trabajo Argentino", restituyendo asimismo dicha normativa la plena vigencia para la contratación de servicios del "Régimen de Contrate Nacional" aprobado oportunamente por Ley N° 18.875.
Que las disposiciones mencionadas establecen la obligación de la Administración Pública Nacional, entes descentralizados, licenciatarios, concesionarios, permisionarias de obras y servicios públicos, de otorgar preferencia en la contratación de bienes, obras y servicios a los productos, bienes, mano de obra y empresas de origen nacional, estableciendo -según los casos- las condiciones que deben cumplirse para considerar la oferta como "nacional", otorgando dicha normativa ciertas preferencias a las ofertas presentadas por Medianas y Pequeñas Empresas (PYMES).
Que por el Artículo 11 del Decreto N° 1600/02, reglamentario de la Ley N° 25.551, se establece que las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y servicios públicos deberán presentar, periódicamente ante el ente regulador declaraciones juradas en las cuales manifiesten que en las contrataciones realizadas durante el período en cuestión han cumplido con las obligaciones que el Régimen de Compre y Contrate Nacional pone a su cargo.
Que el...
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