Resolución 8/2003

Fecha de disposición14 Enero 2003
Fecha de publicación14 Enero 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30067

MINISTERIO DE LA PRODUCCION MINISTERIO DE LA PRODUCCION

Resolución N° 8/2003

Bs. As., 8/1/2003

VISTO el Expediente N° S01:0247679/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 28 de noviembre de 2001, se sanciona la Ley N° 25 551, promulgada de hecho el 27 de diciembre de 2001, mediante la cual se establece el Régimen de Compras del Estado Nacional y Concesionarios de Servicios Públicos, denominado "Compre Trabajo Argentino", en adelante el "Régimen", cuya reglamentación, el PODER EJECUTIVO NACIONAL, dispusiera mediante el Decreto N°1600 de fecha 28 de agosto de 2002.

Que por el Decreto-Ley N° 5340 de fecha 1° de julio de 1963 y por la Ley N° 18 875, se establecieron los regímenes de "Compre Argentino" y de "Contrate Nacional", siendo su principal objetivo canalizar el poder de compra del Estado y de los Concesionarios de Servicios Públicos a favor de la industria local

Que los regímenes citados en el considerando anterior habían sido suspendidos por el artículo 23 de la Ley N° 23 697. Dicha suspensión ha sido dada por finalizada por el artículo 18 de la Ley N° 25.551, por lo que las normas citadas en el considerando anterior se encuentran vigentes, en todo aquello que no se oponga al nuevo régimen.

Que el Decreto-Ley N° 5340/63, a través de su artículo 11 dispuso la Creación de una Comisión Asesora Honoraria integrada con representantes del sector público y de la actividad privada, con el objeto, de intervenir en el cumplimiento de las disposiciones del régimen que la norma instauraba.

Que como Autoridad de Aplicación del Régimen, la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE LA PRODUCCION debe proveer a la integración de la citada Comisión, así como a determinar el carácter de su intervención atento las diferencias existentes entre las previsiones y filosofía normativas del Decreto-Ley N° 5340/63, acorde a la realidad socio económica y productiva del momento de su dictado, con las del régimen actual.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION N° 7 de fecha 4 de febrero de 2002.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas por el Decreto N°...

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