Resolución 510/2002

Fecha de disposición15 Julio 2002
Fecha de publicación31 Octubre 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30016

MINISTERIO DE ECONOMIA MINISTERIO DE ECONOMIA

Resolución 510/2002

Bs. As., 18/10/2002

VISTO el Expediente N° S01:0185787/2002 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA y el Decreto N° 905 de fecha 31 de marzo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 15 de julio de 2002 se ha celebrado un Acta Acuerdo entre la SECRETARIA DE FINANZAS de este Ministerio y la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y el CONSEJO FEDERAL DE PREVISION SOCIAL (COFEPRES) y la CONFEDERACION DE OBRAS Y SERVICIOS SOCIALES PROVINCIALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (COSSPRA) con relación a lo dispuesto por el artículo 8° del Decreto N° 905/02.

Que por el artículo citado en el Considerando anterior se faculta al MINISTERIO DE ECONOMIA a determinar el tratamiento a otorgar a los depósitos realizados por Cajas y Organismos de Seguridad Social para Empleados Públicos y Profesionales que no hayan sido transferidos al Estado Nacional.

Que la mencionada Acta Acuerdo fue celebrada ad referéndum de este Ministerio conforme lo dispuesto en el artículo 8° del Decreto N° 905/02.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 8° del Decreto N° 905/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

ARTICULO 1°

Ratifícase el Acta Acuerdo entre la SECRETARIA DE FINANZAS de este Ministerio y la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y el CONSEJO FEDERAL DE PREVISION SOCIAL (COFEPRES) y la CONFEDERACION DE OBRAS Y SERVICIOS SOCIALES PROVINCIALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (COSSPRA) celebrada el día 15 de julio de 2002 y que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2°

Autorízase a la SECRETARIA DE FINANZAS de este Ministerio para conformar un Comité Interministerial con la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para que, en el plazo de SESENTA (60) días corridos, elabore una propuesta con los mecanismos de financiamiento y ahorro de excepción necesarios para solucionar el desfasaje de las Instituciones de la Seguridad Social nucleadas en el CONSEJO FEDERAL DE PREVISION SOCIAL (COFEPRES) y la CONFEDERACION DE OBRAS Y SERVICIOS SOCIALES PROVINCIALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (COSSPRA) que, a la fecha de cierre de la opción dispuesta por el Decreto N°...

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