Resolución 124/2002

Fecha de disposición17 Octubre 2002
Fecha de publicación17 Octubre 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30006

Secretaría de Energía Ir al texto actualizado

Secretaría de Energía

ENERGIA ELECTRICA

Resolución 124/2002

Postérgase transitoriamente la aplicación del inciso a) del Artículo 1° de la Resolución N° 29/95 de la Secretaría de Energía, Transporte y Comunicaciones. Definición del denominado "Distribuidor Moroso". Procedimiento especial para la normalización de la cadena de pagos en el Mercado Eléctrico Mayorista.

Bs. As., 11/10/2002

VISTO el Expediente N° S01:247761/2002 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que atendiendo al estado de emergencia pública en materia social y económica declarada por la Ley N° 25.561, es conveniente generar acciones previas a la aplicación del procedimiento de corte establecido en el Artículo 84 de la Ley N° 24.065 para los agentes prestadores del servicio de distribución de energía eléctrica.

Que, en el actual contexto, un incremento en la morosidad, si bien inicialmente afecta la calidad puede llegar a afectar el abastecimiento a los usuarios de energía eléctrica de todo el país.

Que en consecuencia es necesario generar instrumentos regulatorios que promuevan la normalización del pago de las deudas que mantienen en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) las empresas Agentes prestadoras del servicio público de distribución de energía eléctrica.

Que asimismo, a fin de evitar el desabastecimiento a que están expuestos los usuarios de energía eléctrica de todo el país, con el consecuente perjuicio para la población y la economía, como consecuencia de la morosidad creciente de ciertos distribuidores, es imprescindible implementar mecanismos de ahorro sobre las áreas abastecidas por estos morosos crónicos.

Que resulta necesario informar a la población de las consecuencias derivadas de la morosidad crónica en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM).

Que las señales económicas establecidas, en el Capítulo 5 de Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho y el Cálculo de Precios (LOS PROCEDIMIENTOS), establecidos por la Resolución N° 61 del 29 de abril de 1992 de la ex-SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA, entonces dependiente del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, sus modificatorias y complementarias, resultan adecuadas a los fines de mantener el nivel de cobranzas en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM).

Que no obstante ello en vista de los volúmenes de deuda acumulada por los morosos crónicos y la situación crítica en que se ha desenvuelto el país durante el primer semestre del año en curso, resulta necesario establecer un procedimiento especial para la normalización de la cadena de pagos en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM).

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA...

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