Resolución 122/2002

Fecha de disposición02 Julio 2002
Fecha de publicación02 Julio 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29932

Ministerio de Economía Ministerio de Economía

y

Ministerio del Interior

EMERGENCIA AGROPECUARIA

Resolución Conjunta 122/2002 y 5/2002

Declárase en determinados Departamentos de la Provincia de Mendoza, a los efectos de la aplicación de la Ley N° 22.913.

Bs. As., 25/6/2002

VISTO el Expediente del 800-000573/2002 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, la Ley N° 22.913, el Decreto N° 581 del 26 de junio de 1997 y el acta de la reunión de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIA AGROPECUARIA del 20 de marzo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de MENDOZA ha declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, a las propiedades rurales ubicadas en zonas bajo riego de algunos Distritos de los Departamentos GENERAL ALVEAR, JUNIN, LA PAZ, LAVALLE, LUJAN, MAIPU, RIVADAVIA, SAN CARLOS, SAN MARTIN, SAN RAFAEL, SANTA ROSA, TUNUYAN y TUPUNGATO afectados por distintos factores climáticos adversos, mediante el Decreto Provincial N° 2346 del 10 de diciembre de 2001.

Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIA AGROPECUARIA, ha analizado la situación ocurrida en la citada provincia y opina que corresponde declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, a fin de la aplicación, en las zonas afectadas, de las medidas previstas en la Ley N° 22.913 para paliar la situación de los productores y posibilitar la recuperación de las explotaciones.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que por el artículo 3°, inciso a), apartado 1) del Decreto N° 101 de fecha 16 de enero de 1985, se delega en los Señores Ministros de Economía y del Interior la facultad de declaración y cese de emergencias agropecuarias y zonas de desastre.

Por ello,

LOS MINISTROS DE ECONOMIA Y DEL INTERIOR

RESUELVEN:

Artículo 1°

A los efectos de la aplicación de la Ley N° 22.913:

  1. Declarar en la Provincia de MENDOZA el estado de emergencia agropecuaria a las zonas bajo riego de los Distritos General Alvear, Bowen y San Pedro del Atuel del Departamento GENERAL ALVEAR, Algarrobo Grande, Medrano, Phillips y Rodríguez Peña del Departamento JUNIN; Villa Antigua y Villa Cabecera del Departamento LA PAZ; Paramillo y San Francisco del Departamento LAVALLE, Ugarteche, del Departamento LUJAN; Barrancas, Fray Luis Beltrán y Rodeo del Medio del Departamento MAIPU; El Mirador, La Central, La Libertad, Los...

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