Resolución 33/2002

Fecha de disposición24 Mayo 2002
Fecha de publicación24 Mayo 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29905

Ministerio de Economía Ministerio de Economía

CONTRATOS

Resolución 33/2002

Apruébanse modificaciones introducidas al Contrato de Fideicomiso y su Anexo "A", suscripto entre el Estado Nacional en su carácter de Fiduciante y el Banco de la Nación Argentina en su carácter de Fiduciario, aprobado por Resolución Nº 308/2001 ex-MIV.

Bs. As., 17/5/2002

VISTO el Expediente Nº 218-001373/2002 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA y el Decreto Nº 652 de fecha 19 de abril de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 12 del Decreto Nº 976 de fecha 31 de julio de 2001 creó el FIDEICOMISO, habiéndose establecido que dicho patrimonio de afectación estará constituido por la propiedad fiduciaria de los fondos provenientes de la Tasa Sobre el Gasoil, creada por el Artículo 4º del Decreto Nº 802 de fecha 15 de junio de 2001 modificado por el Artículo 3º del Decreto Nº 976/ 2001, texto según Artículo 3º del Decreto Nº 652/2002 y las tasas viales establecidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 802/2001.

Que asimismo el Decreto Nº 1377 de fecha 1º de noviembre de 2001 creó el SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE (SIT) que fue modificado en su composición y forma de derivación de recursos por el Decreto Nº 652/2002.

Que a resultas del dictado de la norma mencionada en el VISTO, el SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE (SIT) quedó integrado por el SISTEMA VIAL INTEGRADO (SISVIAL) y el SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE TERRESTRE (SITRANS), que a su vez se compone del SISTEMA FERROVIARIO INTEGRADO (SIFER) y del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU), asignándoles porcentajes para cada uno de los sistemas.

Que dicha modificación implica, además y de conformidad con las directivas emanadas de los Artículos 10, 11 y 12 del Decreto Nº 652/ 2002, la del Contrato de Fideicomiso celebrado entre el BANCO DE LA NACION ARGENTINA y el ESTADO NACIONAL el 13 de septiembre de 2001, cuyo modelo fue aprobado por Resolución Nº 308 de fecha 4 de septiembre de 2001 del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que toda vez que la Ley Nº 24.156 no es de aplicación al FIDEICOMISO salvo en lo que hace a los sistemas de control interno y externo, corresponde fijar en el contrato pautas respecto del flujo y aplicación de fondos que hacen a la transparencia en la administración de fondos de afectación.

Que resulta necesario aprobar el modelo de modificaciones al contrato de fideicomiso a ser suscripto, a los efectos de establecer las relaciones contracturales...

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