Resolución 341/2000

Fecha de disposición13 Septiembre 2000
Fecha de publicación13 Septiembre 2000
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29482

Secretaría de Hacienda Secretaría de Hacienda

DEUDA PUBLICA

Resolución 341/2000

Modifícase la Resolución Nº 362/99, con el fin de disminuir la denominación mínima de los Bonos/Pagaré, al igual que las posturas mínimas en las licitaciones correspondientes, a efectos de fomentar el acceso de inversores minoristas a la operatoria del "Programa de Financiación a instrumentarse mediante Pagarés o Bonos".

Bs. As., 8/9/2000

VISTO, el Expediente Nº 080-004130/99 del Registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, las Resoluciones de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 362, Nº 390 y Nº 542 de fechas 7 de julio de 1999, 3 de agosto de 1999 y 27 de octubre de 1999, respectivamente, y la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 98 de fecha 18 de febrero de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por las Resoluciones de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 362/99, Nº 390/99 y Nº 542/ 99, y la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 98/00 se aprobó un "Programa de Financiación a instrumentarse mediante Pagarés o Bonos" por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL MILLONES (U$S 3.000.000.000,-) pudiendo ser colocados en una o más licitaciones públicas mediante una o más emisiones.

Que a fin de fomentar el acceso de los inversores minoristas a la operatoria con los instrumentos emitidos por las Resoluciones mencionadas en el considerando anterior se entiende conveniente disminuir la denominación mínima de los Bonos / Pagarés, al igual que las posturas mínimas en las licitaciones correspondientes.

Que entre las condiciones financieras aprobadas por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 362/99 se estableció respecto de la tasa de interés que el suscriptor podrá elegir entre dos tasas de referencia a las que se les adiciona el margen determinado en la primer licitación de cada tramo.

Que dado que las ofertas recibidas en el tramo cuya tasa de referencia es la BADLAR han sido escasas, lo cual demuestra una baja predilección de los inversores por la misma, se entiende conveniente facultar a la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO a determinar, al momento del llamado a licitación, si se licitará uno solo o ambos tramos.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS expresó su opinión con respecto al tenor de la presente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las...

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