Resolución 224/2000

Fecha de disposición26 Junio 2000
Fecha de publicación26 Junio 2000
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29426

Secretaría de Hacienda Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 224/2000

Establécese que por la reducción de retribuciones ordenada por el Decreto Nº 430/2000 no corresponderá la conformación de un nuevo ítem que refleje la reducción dispuesta, sino que cada concepto reducido pasará a conformar la nueva retribución de los agentes.

Bs. As., 16/6/2000

VISTO el Decreto Nº 430 de fecha 29 de mayo de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario interpretar algunas de las disposiciones de la citada norma legal, aclarando asimismo determinadas previsiones a efectos de una aplicación homogénea en las distintas jurisdicciones y entidades que conforman el Sector Público Nacional.

Que en esa inteligencia corresponde uniformar el criterio sobre la forma en que debe constar la reducción prevista en el artículo 1º de la norma, aclarando su efecto por la interpretación armónica que corresponde efectuar en orden a lo establecido en el artículo 5º del decreto.

Que se debe aclarar el alcance del artículo 3º al configurar el importe mínimo de los distintos tramos, según los porcentajes de aplicación establecidos para cada uno.

Que se requiere interpretar como corresponde formalizar la reducción sobre el Sueldo Anual Complementario correspondiente al primer semestre del corriente año.

Que se hace necesario interpretar cual es la consecuencia de la reducción dispuesta en los conceptos retributivos que no revisten las características genéricas que exige el Decreto Nº 430/2000.

Que la existencia de diversas figuras jurídicas que posibilitan la vinculación de personal con el Sector Público por medio de contrataciones, requieren criterios aclaratorios en relación al alcance de la reducción, como también al esquema de compensación instrumentado por la norma.

Que el artículo 9º del Decreto Nº 430/2000 faculta a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA para dictar las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que el mismo requiera.

Por ello

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1º

La reducción de retribuciones ordenada por el artículo 1º del Decreto Nº 430/200 según la escala establecida en su artículo 2º, cuya alícuota se determinará tomando la suma de los conceptos que comprenden la retribución, deberá...

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