Resolución 212/2000

Fecha de disposición29 Marzo 2000
Fecha de publicación29 Marzo 2000
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29368

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE

SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL

Resolución Nº 212/2000

Bs. As., 17/3/2000

VISTO el expediente Nº 3333/99 del registro de la ex SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION, actual SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, y las acciones previstas en el Decreto Nº 146/98, tendientes a la creación del Registro de Tecnologías, Procesos, Servicios y Productos Ambientalmente Adecuados y disponibles en el mercado nacional y regional, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo expuesto en el mencionado Decreto, resulta procedente la aprobación de los requisitos técnicos y legales para la inscripción en el Registro, el instructivo para la solicitud de inscripción, los requisitos para la modificación de datos, los requisitos para la actualización anual de la información, las causales para la baja o caducidad de la registración, la tabla de clasificación de tecnologías, procesos, servicios y productos ambientalmente adecuados, y el modelo de constancia de inscripción.

Que resulta necesario implementar la reglamentación del mencionado Registro.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esta Secretaría ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscrito es competente para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por la Ley de ministerios Nº 22.520 (t.o. Decreto Nº 438/92), modificada por las Leyes Nros. 24.190 y 25.233 y los Decretos Nros. 20 y 25, ambos de diciembre de 1999.

Por ello,

EL SECRETARIO DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º

Créase el Registro de Empresas Proveedoras de Tecnologías, Procesos, Productos y Servicios Ambientales y de Profesionales e Instituciones afines, en el ámbito de la Dirección de Tecnologías, Procesos y Servicios Ambientales de la Subsecretaría de Ordenamiento Ambiental.

ARTICULO 2º

Apruébanse la instrumentación y reglamentación del mencionado Registro, que se incorporan a la presente Resolución como Anexos I y II.

ARTICULO 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Dr. OSCAR ERMELINDO MASSEL, Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental, Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente.

ANEXO I

  1. Requisitos técnicos y legales para la inscripción al Registro.

  2. 1) Para empresas (Proveedoras de Tecnología, Procesos, Productos y Servicios Ambientales)

    1- Número de Solicitud.

    2- Fecha de inicio de trámite de inscripción.

    3- Razón Social (Acta Societaria).

    4- Dirección (calle y número, ciudad, provincia, país, código postal).

    5- Teléfonos y Facsímil (si posee).

    6- Direcciones electrónicas (e-mail, página web) (si posee).

    7- Contacto (nombre y cargo).

    8- Actividades de la Empresa:

    1. descripción con un máximo de 50 palabras.

    2. información institucional que a criterio de la Empresa defina su perfil.

      9- Clasificación de todos los Procesos, Productos y Servicios (según Anexo I - Parte F)

      10- Descripción para cada ítem del punto 9 de:

    3. Ambito de aplicación.

    4. Beneficios ambientales que reporta su aplicación.

    5. Referencias nacionales o internacionales, si tiene antecedentes de aplicación.

    6. Estudios o informes de Centros de Investigación o Universidades, si no posee antecedentes de aplicación.

    7. Bibliografía técnica/científica (si corresponde).

    8. Patentes o Licencias (si corresponde).

    9. Certificaciones de Terceras Partes (si posee).

    10. Ventajas económicas de su aplicación (máximo 50 palabras).

      11- Es de carácter optativo la inscripción de los Profesionales que integran o pertenecen a la Empresa, en la categoría de Profesionales de este Registro.

      12- Información complementaria (en caso de ser requerida por la Dirección de Tecnologías, Procesos y Servicios Ambientales - DTPySA o de ser considerada imprescindible por la empresa).

  3. 2) Para profesionales (Prestadores de servicios técnicos)

    1- Número de Solicitud.

    2- Fecha de inicio del trámite de inscripción.

    3- Apellido y nombres.

    4- Tipo y número de documento.

    5- Número de CUIT / CUIL.

    6 - Dirección (calle y número, ciudad, provincia, país, código postal).

    7- Teléfonos y Facsímil (si posee).

    8 - Direcciones electrónicas (e-mail, página web) (si posee).

    9- Títulos Profesionales (Terciarios...

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