Resolución 25/1999

Fecha de disposición16 Noviembre 1999
Fecha de publicación16 Noviembre 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29273

Autoridad Regulatoria Nuclear Autoridad Regulatoria Nuclear

ACTIVIDAD NUCLEAR

Resolución 25/99

Confórmase el Sistema para Intervención en Emergencias Nucleares (SIEN). Constitución del Gabinete de Emergencias.

Bs. As., 11/11/99

VISTO la Ley Nº 24.804 -Ley Nacional de la Actividad Nuclear- y su Decreto Reglamentario Nº 1390 del 27 de noviembre de 1998, la Convención sobre Seguridad Nuclear, aprobada por Ley Nº 24.776, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario establecer planes de emergencia para las instalaciones nucleares, aplicables tanto dentro del emplazamiento como fuera de él, los que deben ser probados con regularidad.

Que conforme a lo establecido en Artículo 16, inciso o, del Anexo I del Decreto Nº 1390/98, la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR debe aprobar los planes de contingencia para el caso de accidentes nucleares y los programas para enfrentar emergencias y en los casos necesarios el correspondiente entrenamiento de trabajadores y vecinos, previendo la activa participación de la comunidad.

Que la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es el órgano regulador en los términos del artículo 8º de la Convención sobre Seguridad Nuclear.

Que a tal efecto las Fuerzas de Seguridad y los representantes de instituciones civiles de la zona abarcada por tales procedimientos deberán responder al funcionario que designe la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR.

Que de conformidad a la establecido en el Artículo 16, inciso o, del Anexo I del Decreto Nº 1390/98, las autoridades municipales, provinciales y nacionales que pudieren tener vinculación con la confección de dichos planes de emergencia, deberán cumplir los lineamientos y criterios que defina la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR.

Que la organización de respuesta incluida en el Plan de Emergencia de una central nuclear debe ser compatible con los planes de emergencia de las municipalidades vecinas.

Que con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en la Ley Nº 24.804 y su reglamentación, se hace necesario conformar en la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR un esquema de organización para responder a los casos de emergencia nuclear y articular las relaciones con los organismos nacionales, provinciales y municipales que corresponda.

Que dicho esquema de organización de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR debe diseñarse teniendo en cuenta tanto la organización propia de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR como la vinculación con aquellas organizaciones dependientes de otras instituciones y que tengan competencia en el caso de emergencias que afecten a trabajadores y a personas del público...

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