Resolución 977/1999

Fecha de disposición11 Agosto 1999
Fecha de publicación11 Agosto 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29206

Ministerio de Economía y Obras y Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

DEFENSA DEL CONSUMIDOR

Resolución 977/99

Impleméntase un procedimiento de tramitación de licencia para la importación de calzado, que sólo se otorgará a los importadores que hayan cumplido debidamente con lo dispuesto por la Resolución Nº 508/99-SICYM.

Bs. As., 6/8/99

VISTO el Expediente Nº 061-006477/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 508, de fecha 27 de julio de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución citada en el Visto se modifica para los fabricantes nacionales de calzado el requisito del etiquetado previo a la comercialización de estos productos.

Que la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor incluye específicamente a los importadores en un pie de igualdad con los productores, fabricantes y envasadores, toda vez que su responsabilidad surge de haber ingresado productos de procedencia extranjera al mercado interno.

Que los importadores, además de ser introductores de mercaderías al territorio aduanero, se ocupan generalmente de la comercialización de las mismas y, en ese carácter, también están sujetos a lo previsto en la Ley de Defensa del Consumidor y su reglamentación.

Que con el objeto de establecer un mecanismo de control previo a su libramiento, se hace necesario implementar un procedimiento de tramitación de una licencia para la importación de calzado ante la Autoridad de Aplicación del régimen que se establece por la presente resolución.

Que la medida que se propone se fundamenta en las disposiciones del Artículo 3º del Acuerdo sobre Procedimientos para el Trámite de Licencias de Importación aprobado por la ORGANIZACION MUNDIAL DEL COMERCIO e incorporado al ordenamiento jurídico nacional a través de la Ley Nº 24.425.

Que la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado intervención en la confección de la presente medida.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente resolución se dicta en función de lo establecido en la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 632 de la Ley 22.415 y el Decreto 2275 de fecha 23 de diciembre de 1994.

Por ello,

EL...

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