Resolución 353/1999

Fecha de disposición30 Junio 1999
Fecha de publicación30 Junio 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29177

Resolución 353/99 del 24/6/99 Secretaría de Energía

GAS NATURAL

Resolución 353/99

Otórgase a Total Austral S.A., Deminex Argentina S.A. y Pan American Energy Llc (Sucursal Argentina) una autorización para la exportación de gas natural producido en los yacimientos de las Areas Aguada Pichana y San Roque, de la Cuenca Neuquina, a la República de Chile.

Bs. As., 24/6/99

VISTO el Expediente Nº 750-005020/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 24.076 y su Reglamentación aprobada por el Decreto Nº 1738 del 18 de septiembre de 1992, el Decreto Nº 951 del 6 de julio de 1995, la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 299 del 14 de julio de 1998 y la Disposición de la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES Nº 274 del 25 de septiembre de 1998, y lo dispuesto en el Protocolo Sustitutivo del Protocolo Nº 2 del Acuerdo de Complementación Económica Nº 16 celebrado entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE CHILE de fecha 7 de julio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que TOTAL AUSTRAL SOCIEDAD ANONIMA, DEMINEX ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y BRIDAS AUSTRAL SOCIEDAD ANONIMA celebraron con YPF SOCIEDAD ANONIMA, los contratos de Unión Transitoria de Empresas para la explotación, desarrollo y exploración complementaria de las Areas AGUADA PICHANA y SAN ROQUE, ubicadas en la Provincia del NEUQUEN, según los términos del Decreto Nº 214 del 10 de febrero de 1994.

Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos 6º y 15 del Decreto Nº 214 del 10 de febrero de 1994, los titulares de los contratos de Unión Transitoria de Empresas mencionados en el considerando anterior, tienen el dominio y libre disponibilidad de los hidrocarburos producidos en las respectivas áreas y deberán efectuar, por su cuenta y riesgo, el transporte y comercialización de los volúmenes correspondientes a sus respectivas participaciones en los hidrocarburos que obtengan de las respectivas áreas durante la vigencia de los respectivos derechos.

Que TOTAL AUSTRAL SOCIEDAD ANONIMA, DEMINEX ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y BRIDAS AUSTRAL SOCIEDAD ANONIMA, en su carácter de titulares de los contratos de Unión Transitoria de Empresas citados en el primer considerando, han solicitado una autorización para la exportación de gas natural proveniente de los yacimientos de las Areas AGUADA PICHANA y SAN ROQUE de la CUENCA NEUQUINA con destino a la Planta Generadora de Energía Eléctrica NEHUENCO de la EMPRESA ELECTRICA COLBUNMACHICURA SOCIEDAD ANONIMA, ubicada en la localidad de QUILLOTA en la REPUBLICA DE CHILE, por un plazo de QUINCE (15) años.

Que las empresas solicitantes han remitido copia autenticada del Acuerdo de Cláusulas Principales para la Compraventa de Gas Natural entre TOTAL AUSTRAL SOCIEDAD ANONIMA, DEMINEX ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y BRIDAS AUSTRAL SOCIEDAD ANONIMA, y la EMPRESA ELECTRICA COLBUNMACHICURA SOCIEDAD ANONIMA (fojas 7 a 26), copia autenticada del contrato de transporte entre la EMPRESA ELECTRICA COLBUNMACHICURA SOCIEDAD ANONIMA y TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA (fojas 104 a 120), copia autenticada del contrato de transporte entre TOTAL AUSTRAL SOCIEDAD ANONIMA y TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA (fojas 210 a 216), y copia autenticada del contrato de transporte entre la EMPRESA ELECTRICA COLBUNMACHICURA SOCIEDAD ANONIMA y GASODUCTO GASANDES (ARGENTINA) SOCIEDAD ANONIMA (fojas 247 a 384).

Que BRIDAS AUSTRAL SOCIEDAD ANONIMA, una de las empresas titulares de los contratos de Unión Transitoria de Empresas para la explotación, desarrollo y exploración complementaria de las Areas AGUADA PICHANA y SAN ROQUE, se transformó en BRIDAS AUSTRAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA la cual cambió su denominación social por la de AMBAS SUR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Que...

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