Resolución 230/1999

Fecha de disposición22 Abril 1999
Fecha de publicación22 Abril 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29131

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 230/99

Establécense normas para la operatoria "descuentos a favor de terceras entidades", efectuados sobre los haberes de jubilados y pensionados que acuerden prestaciones y/o se encuentren asociados a dichas entidades. Entes autorizados a firmar convenios con ANSES en relación con la mencionada operatoria. Entidades representativas no comprendidas en el régimen. Tope de afectación del haber mensual previsional neto.

Bs. As., 12/4/99

VISTO el Expediente Nº 024-99-80417852-6-790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO se expidió la Comisión creada por la Resolución D.E.- N Nº 154 del 31 de marzo de 1998, integrada inicialmente por representantes de las Gerencias de Operaciones, Productos y Servicios, Control y Prevención del Fraude, y de Presupuesto y Finanzas y, posteriormente, también por la Gerencia Asuntos Jurídicos.

Que la citada Comisión tuvo por objeto analizar la operatoria de "descuentos a favor de terceras entidades", previo relevamiento de la totalidad de los aspectos involucrados.

Que en razón de ese análisis, la citada Resolución suspendió los trámites en curso y la recepción e iniciación de nuevas solicitudes.

Que del estudio de la Ley N° 24.241, artículo 14 Inc. b) y de las Resoluciones D.E.-N Nº 1071 del 21 de octubre de 1997, D.E.-N Nº 1348 del 15 de diciembre de 1997, D.E.-N Nº 1357 del 19 de diciembre de 1997, D.E.- N Nº 154 del 31 de marzo de 1998, D.E.-N Nº 767 del 15 de octubre de 1998, D.E.-N Nº 882 del 26 de noviembre de 1998, y D.E.-N Nº 39 del 20 de enero de 1999, se desprende la necesidad de reformular la operatoria vigente.

Que asimismo, del análisis de las referidas normas surge que dicha operatoria no reviste carácter obligatorio para ANSES, sino que es facultativo dentro del ámbito de las atribuciones del poder administrador inherentes a la organización de la prestación del servicio que tiene a su cargo.

Que en ese contexto, tiene dicho la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION que la libertad de la Administración es amplia...

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