Resolución 176/1999

Fecha de disposición13 Abril 1999
Fecha de publicación13 Abril 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29124

Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 176/99

Norma a la que se deberán ajustar los proyectos aprobados en el marco de todos los Programas de Empleo de Pago Directo con inicio de las actividades en el mes de mayo de 1999 y siguientes.

Bs. As., 8/4/99

VISTO la Ley Nº 24.013; las Resoluciones M.T. y S.S. Nros. 178 de fecha 1º de marzo de 1996, 453 de fecha 30 de mayo de 1996, 182 de fecha 14 de marzo de 1997, 240 de fecha 16 de abril de 1997, 368 de fecha 5 de junio de 1997, 252 de fecha 19 de marzo de 1998, 263 de fecha 30 de marzo de 1998, 327 de fecha 8 de mayo de 1998, 23 de fecha 29 de enero de 1999, 136 de fecha 16 de marzo de 1999 y 144 de fecha 16 de marzo de 1999; las Resoluciones S.E. y C.L. Nros. 202 de fecha 8 de mayo de 1997, 238 de fecha 28 de mayo de 1997, 574 de fecha 6 de mayo de 1997, 271 de fecha 20 de junio de 1997, 185 de fecha 30 de marzo de 1998, 203 de fecha 3 de abril de 1998, 397 de fecha 1º de junio de 1998, 20 de fecha 20 de enero de 1999, 124 de fecha 24 de marzo de 1999; la Resolución Conjunta S.E. y C.L. Nº 458 y D.E.A. Nº 452 de fecha 8 de julio de 1998; y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Resoluciones M.T. y S.S. Nros. 178/96, 453/96, 182/97, 240/97, 368/ 97, 252/98, 263/98, 327/98, 23/99, 136/99 se crearon los Programas FORESTAR, PROGRAMAS ESPECIALES DE EMPLEO, TRABAJAR II, SERVICIOS COMUNITARIOS II, TRABAJAR III y SERVICIOS COMUNITARIOS III.

Que las Resoluciones S.E. y C.L. Nros. 202/ 97, 238/97, 271/97, 574/97, 185/98, 203/98, 397/98, 20/99 y 124/99 reglamentan los Programas arriba mencionados.

Que dichas Resoluciones Reglamentarias disponen que los organismos responsables deberán comunicar a las GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL (GECAL) los imprevistos que ocurran en el transcurso de los proyectos.

Que en pos de optimizar los circuitos operativos de todos los Programas de Pago Directo, resulta necesario limitar los cambios de fecha de inicio de las actividades de los proyectos aprobados.

Que en virtud de lo expresado, todos los proyectos aprobados en el marco de Programas de Empleo de Pago Directo con inicio aprobado en mayo de 1999 y siguientes, podrán solicitar sólo UN (1) cambio de fecha de inicio para el mes siguiente al aprobado por Resolución.

Que en vistas de regularizar la situación de los proyectos que fueron aprobados para iniciar sus actividades en el...

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