Resolución 366/1998

Fecha de disposición07 Enero 1999
Fecha de publicación07 Enero 1999
SecciónResoluciones
Número de Gaceta29058

Resolución 366/98 del 28/12/98 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

SANIDAD ANIMAL

Resolución 366/98

Apruébase el Plan de Control y Erradicación de la Sarna y otras Enfermedades Endémicas, para su aplicación en los Departamentos de Gaiman y Rawson de la Provincia de Chubut.

Bs. As., 28/12/98

B.O: 07/01/99

VISTO el expediente Nº 6490/97 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que en el mismo la Dirección Nacional de Sanidad Animal, propicia la aprobación del Plan de Control y Erradicación de la Sarna y otras Enfermedades Endémicas que será de aplicación en los Departamentos de Gaiman y Rawson, de la Provincia del CHUBUT.

Que la Lucha contra la Sarna Ovina y Caprina es de carácter obligatorio en todo el Territorio Nacional por la aplicación del Decreto Nº 7383 de fecha 28 de marzo de 1944, modificado posteriormente por la Ley Nº 14.305.

Que la Resolución Nº 445 de fecha 3 de julio de 1995 del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, establece normas para la implementación de Planes Especiales de Erradicación de la Sarna y otras Enfermedades Endémicas.

Que con los referidos Planes se logrará aumentar la eficiencia y eficacia de los sistemas de administración, información sanitaria, vigilancia epidemiológica.

Que los Planes propuestos contemplan la administración y financiación a cargo de los productores, Comisiones, Entes y Asociaciones Privadas creadas, de cada región.

Que el Consejo de Administración del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA ha tomado la intervención que le compete de conformidad con lo establecido en el artículo 8º, inciso e) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, aprobando el acto a dictarse.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha emitido opinión legal al respecto, no encontrando reparos que formular.

Que el suscripto es competente para dictar el presente en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1450 de fecha 12 de diciembre de 1996, en función de lo establecido en el artículo 8º, inciso e) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

Artículo 1º Apruébase el Plan de Control y Erradicación de la Sarna y otras Enfermedades Endémicas, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, para su aplicación en los Departamentos de Gaiman y Rawson de la Provincia del CHUBUT.
Art. 2º

Los Propietarios y Tenedores a cualquier título de ganado ovino, bovino y caprino y todas las personas físicas o jurídicas vinculadas a la ganadería en los citados Departamentos, estarán obligados a suministrar la información que se les requiera, respecto de los animales a su cargo y cumplir los procedimientos ordenados en el Decreto Nº 7383 de fecha 28 de marzo de 1944; en el artículo 1º de la presente norma y a prestar la colaboración necesaria con los medios a su alcance.

Art. 3º Los Propietarios de los establecimientos comprendidos en la jurisdicción del Plan deberán también anualmente cumplimentar una Declaración Jurada de estadística y programas de trabajos, como requisito indispensable para que se autorice la emisión de guías de campaña para extracción de la hacienda y frutos.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Gumersindo F

Alonso.

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