Resolución 7/1998

Fecha de disposición28 Julio 1998
Fecha de publicación28 Julio 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28946

Resolución N° 7/98 del 22/07/98 (Nota Infoleg: Norma abrogada por art. 1° de la Resolución N° 7/2004 del Consejo Federal Pesquero B.O. 4/5/2004).

CONSEJO FEDERAL PESQUERO (Ley N° 24.922)

Resolución N° 7/98

Bs. As., 22/07/98.

VISTO el Expediente N° 800-003852/98 y el artículo 10 de la Ley N° 24.922, y

CONSIDERANDO: Que el artículo mencionado en el Visto establece que en el ámbito del CONSEJO FEDERAL PESQUERO funcionará una COMISION ASESORA HONORARIA integrada por representantes de las distintas asociaciones empresarias y de trabajadores de la actividad pesquera.

Que asimismo establece que este Consejo deberá reglamentar la integración y el funcionamiento de dicha Comisión Asesora.

Que conforme las recomendaciones del "Código para la Pesca Responsable" de la ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACION (FAO) "... la utilización de los recursos vistos acuáticos y el manejo de esa utilización debe ser vista como una sociedad entre la autoridad pesquera y los grupos interesados... los objetivos deberán reflejar los deseos razonables de los interesados, dentro de las limitaciones biológicas y ecológicas de los recursos y los objetivos superiores de la planificación nacional... y la consulta y el proceso de decisión conjunta son esenciales para determinar los objetivos".

Que mediante Acta Nº 5 de fecha 14 de julio de 1998 de este Consejo, se decidió convocar a los representantes de las asociaciones empresarias y de trabajadores de la actividad pesquera, para integrar la COMISION ASESORA HONORARIA del este CONSEJO FEDERAL PESQUERO, a fin de establecer el marco institucional adecuado para la deliberación de decisiones de la política pesquera.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS Y TRIBUTARIOS de la DIRECCION GENERAL DE JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado intervención.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO se encuentra facultado para el dictado de la presente de conformidad con lo establecido por el artículo 10 de la Ley Nº 24.922.

Por ello,

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

Convocar a las asociaciones empresarias y de trabajadores de la actividad pesquera, para que designen UN (1) representante cada una a fin de integrar la COMISION ASESORA HONORARIA del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, prevista en el artículo 10 de la Ley Nº 24.922.

ARTICULO 2°

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