Resolución 1387/1998

Fecha de disposición24 Junio 1998
Fecha de publicación24 Junio 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28923

Resolución 1387/98 del 12/6/98 Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 1387/98

Establécese que se considera satisfecha una condición establecida en el Reglamento General de Gestión y Servicios Satelitales, referida a la Provisión de Facilidades Satelitales por los Satélites del Servicio Fijo y de Radiodifusión por Satélite, y se dan por cumplidos requisitos determinados por el citado Reglamento por los satélites Geoestacionarios del Servicio Fijo por Satélite y de Radiodifusión por Satélite notificados por la Administración de los Estados Unidos de América.

Bs. As., 12/06/98.

  1. O.: 24/06/98.

VISTO la Ley Nº 19.798, los Decretos 1185/90 y sus modificatorios, 92/97 y 407/97, las Resoluciones de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 14/97, 242/97 y 1118/98, y el Expediente 05/98 del Registro de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 19.798 de Telecomunicaciones estableció la competencia de la Secretaría de Comunicaciones en lo que hace a la administración del espectro radioeléctrico y a la coordinación de puntos orbitales y bandas de frecuencias asociadas.

Que el Decreto Nº 1185 estableció las facultades de la Ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, y que dichas facultades han sido, entre otras,

  1. Aplicar, interpretar y hacer cumplir las leyes, decretos y demás normas reglamentarias en materia de telecomunicaciones; b) Administrar el espectro radioeléctrico, inclusive el de radiodifusión, realizar la gestión de órbitas de los satélites, disponer las medidas relativas a la provisión de servicios satelitales en el país y autorizar el uso e instalación de los medios y sistemas satelitales para telecomunicaciones; (...) v) En el ámbito internacional: 1) ...participar en la elaboración y negociación de tratados, acuerdos o convenios internacionales de telecomunicaciones...

Que el Decreto 92/97 ratificó la Resolución S.C. Nº 14/97 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES DE PRESIDENCIA DE LA NACION y que el Decreto Nº 407/97 ratificó la Resolución S.C. Nº 242/97 de la mencionada Secretaría.

Que tales resoluciones, conjuntamente con la Resolución S.C. Nº 1118/98, constituyen la Primera Parte del Reglamento General de Gestión y Servicios Satelitales, relativa a la regulación nacional sobre satélites Geoestacionarios.

Que en el Reglamento de referencia se establecieron una serie de requisitos y condiciones para el acceso de satélites geoestacionarios notificados...

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